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El acceso abierto a las publicaciones de investigación en las universidades europeas

A Closer Look at Open Access to Research Publications in European Universities”. European University Association, 2022

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Este informe presenta específicamente las conclusiones sobre el acceso abierto de la Open Science Survey 2020-2021 de la EUA.

¿Cómo supervisan las universidades las actividades de acceso abierto? ¿Cómo se están preparando las universidades para la aplicación del Plan S, que se aplicará a todos los beneficiarios de la financiación de Horizon Europe? ¿Qué medidas importantes han tomado recientemente las universidades para impulsar la aplicación del acceso abierto?

Este seguimiento de la Encuesta 2020-21 EUA Open Science Survey 2020-21 aborda estas y otras preguntas, proporcionando una mayor comprensión de las experiencias de las universidades en materia de acceso abierto.

Forma parte de una serie de tres informes de seguimiento del informe principal de la Open Science Survey de la EUA 2020-2021, que examinan en mayor profundidad la Ciencia Abierta en la evaluación académica y los datos de investigación. El tercer informe (que se publicará en 2022) examinará más detenidamente el tema de los datos de investigación

Infracción de derechos de autor en línea en la Unión Europea. Música, películas y televisión (2017-2020),

Online copyright infringement in the European Union. Music, films and TV (2017-2020), trends and drivers. EUIPO, 2022

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La infracción de los derechos de autor en línea es un grave problema para los titulares de los derechos y para la sociedad en su conjunto. Priva a los artistas y creadores de la compensación por su trabajo y, a largo plazo, puede reducir la gama de opciones disponibles para los consumidores.

Consciente de ello, la Comisión Europea señaló la lucha contra este tipo de infracción de los derechos de autor como una de las prioridades de su Plan de Acción sobre la Propiedad Intelectual.

La EUIPO lleva dos años estudiando las infracciones de los derechos de autor, y el nuevo informe es el tercer estudio realizado en esta línea de trabajo. Este informe examina el consumo de contenidos que infringen los derechos de autor en los Estados miembros de la UE y en el Reino Unido en lo que respecta a programas de televisión, música y películas, utilizando diversos métodos de acceso a través de ordenadores de sobremesa y móviles, como el streaming, la descarga, los torrents y el software de copia. El análisis se basa en un rico conjunto de datos sobre el acceso a sitios web que ofrecen música, películas y programas de televisión piratas en los 28 países, entre enero de 2017 y diciembre de 2020. La principal conclusión del informe es que la piratería digital está disminuyendo para los tres tipos de contenidos y que las diferencias entre los Estados miembros pueden explicarse por factores socioeconómicos como la desigualdad de ingresos y por el conocimiento de las ofertas legales entre los consumidores.

Madurez de los datos abiertos en Europa. Informe 2021

Open Data Maturity in Europe. Report 2021. Comisión Europea, data.europa.eu y Capgemini Invent, 2022

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Muchos Estados miembros han confirmado que están realizando (o incluso ya la han completado) la transposición de la Directiva de Datos Abiertos (Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo) a sus propias leyes nacionales. La Directiva de Datos Abiertos entró en vigor en julio de 2019 y es la pieza clave dentro del marco jurídico de la Unión Europea que supervisa los datos abiertos y su reutilización.

La evaluación de 2021 ha demostrado que los datos abiertos crean un alto impacto social para concienciar sobre temas relacionados con la salud y el bienestar, como la actual pandemia de la COVID-19. El año pasado, la necesidad de responder a la crisis llevó a muchos países a empezar a publicar datos relacionados y a desarrollar iniciativas y cuadros de mando para hacer más comprensibles los datos a los ciudadanos europeos. En 2021, las iniciativas y los cuadros de mando se han complementado en la mayoría de los casos con estadísticas recientes sobre las tasas nacionales de vacunación, la capacidad de producción de vacunas, la disponibilidad de equipos de protección, los recursos de cuidados intensivos, etc. Por lo tanto, la evaluación de este año muestra la prolongación de estos esfuerzos y el fortalecimiento de su alto impacto social.

Cada vez son más los países europeos que logran comprender el grado de reutilización de los datos abiertos y su creación de valor. Esto va en consonancia con uno de los objetivos de la Directiva de Datos Abiertos que consiste en aprovechar todo el potencial de la reutilización de los datos abiertos. En 2021, ha habido una clara tendencia a realizar investigaciones en profundidad, como investigaciones documentales o encuestas, para cuantificar y verificar el impacto de los datos abiertos. A largo plazo, esto dará lugar a un enfoque más estructurado y alineado de la medición del impacto de los datos abiertos y a estimaciones más precisas del impacto en la sociedad y la economía en su conjunto.

Derechos y principios digitales (Comisión Europea)

Digital Rights and Principles. Special Eurobarometer 518 Report. European Commision, 2022

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Según una encuesta especial del Eurobarómetro realizada en septiembre y octubre de 2021, una abrumadora mayoría de ciudadanos de la UE piensa que Internet y las herramientas digitales desempeñarán un papel importante en el futuro. Además, una gran mayoría considera útil que la Unión Europea defina y promueva los derechos y principios europeos para garantizar el éxito de la transformación digital.

El Eurobarómetro especial (518) investiga la percepción de los ciudadanos de la UE sobre el futuro de las herramientas digitales e internet, y el impacto que se espera que internet, los productos, los servicios y las herramientas digitales tengan en sus vidas de aquí a 2030. Se llevó a cabo entre el 16 de septiembre y el 17 de octubre de 2021 mediante una combinación de entrevistas en línea y cara a cara, cuando fue posible o factible. Se entrevistó a 26.530 encuestados de los 27 Estados miembros de la UE.

  1. Importancia de lo digital en la vida cotidiana
    Los resultados de la encuesta muestran que más de ocho de cada diez europeos (81%) consideran que en 2030 las herramientas digitales e Internet serán importantes en sus vidas. Más del 80% de los ciudadanos de la UE piensa que su uso aportará al menos tantas ventajas como inconvenientes. Mientras que sólo una pequeña minoría (12%) espera más desventajas que ventajas del uso de las herramientas digitales e Internet para 2030.

2. Preocupación por los daños y riesgos en línea
Más de la mitad (56%) de los ciudadanos de la UE encuestados expresaron su preocupación por los ciberataques y la ciberdelincuencia, como el robo o el abuso de datos personales, el software malicioso o el phishing. Además, más de la mitad (53%) también indicaron estar preocupados por la seguridad y el bienestar de los niños en línea, y cerca de la mitad (46%) de los ciudadanos de la UE se preocupan por el uso de datos e información personal por parte de empresas o administraciones públicas. Alrededor de un tercio (34%) de los ciudadanos de la UE se preocupan por la dificultad de desconectar y encontrar un buen equilibrio entre la vida en línea y fuera de ella, y alrededor de uno de cada cuatro (26%) están preocupados por la dificultad de aprender nuevas habilidades digitales necesarias para participar activamente en la sociedad. Por último, aproximadamente uno de cada cinco (23%) ciudadanos de la UE expresó su preocupación por el impacto medioambiental de los productos y servicios digitales.

3. Necesidad de un mayor conocimiento de los derechos en línea
Según los resultados de la encuesta, la mayoría de los ciudadanos de la UE piensa que la UE protege bien sus derechos en el entorno en línea. Aún así, un número significativo (casi el 40%) de ciudadanos de la UE no es consciente de que sus derechos, como la libertad de expresión, la privacidad o la no discriminación, también deben respetarse en línea, pero en seis Estados miembros de la UE, más de tres de cada cuatro son conscientes de estos derechos. No obstante, una gran mayoría de los ciudadanos de la UE considera útil saber más sobre estos derechos*.

4. Apoyo a la declaración de principios digitales
Una gran mayoría (82%) de los ciudadanos de la UE considera útil que la Unión Europea defina y promueva una visión europea común sobre los derechos y principios digitales. Estos principios deberían tener implicaciones concretas para los ciudadanos; por ejemplo, nueve de cada diez (90%) están a favor de incluir el principio de que todo el mundo, incluidas las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, debe beneficiarse de unos servicios públicos digitales de fácil acceso y uso. Los ciudadanos quieren estar claramente informados sobre los términos y condiciones que se aplican a su conexión a internet, poder acceder a internet a través de una conexión asequible y de alta velocidad, y poder utilizar una identidad digital segura y fiable para acceder a una amplia gama de servicios públicos y privados en línea.

Perspectivas de las políticas y prácticas abiertas de los financiadores de investigación europeos

Fosci, Mattia, Richens, Emma, & Johnson, Rob. Insights into European research funder Open policies and practices. SPARC Europe, 2019

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Este informe resume los resultados de una encuesta realizada a los financiadores de la investigación europea sobre las políticas de Acceso Abierto (OA) y Datos de Investigación (DI), encargada por SPARC Europe, en consulta con representantes de las siguientes organizaciones: ALLEA, el Centro de la Fundación Europea y Science Europe y un grupo asesor más amplio.

Lanzada en la primavera de 2019, la encuesta, dirigida a unos 400 financiadores, obtuvo algo más de 60 respuestas de 29 países. La cohorte incluye importantes agencias de financiación nacionales (casi el 50%), financiadores paneuropeos, academias nacionales y regionales, fundaciones y organizaciones filantrópicas y organizaciones benéficas de investigación.

El camino a la década digital: propuesta de la Comisión Europea por la que se establece el Programa Político 2030

Proposal for a Decision establishing the 2030 Policy Programme “Path to the Digital Decade”. European Commission, 2021

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“Path to the Digital Decade” pretende garantizar que la Unión Europea alcance sus objetivos y metas hacia una transformación digital de nuestra sociedad y economía en consonancia con los valores de la UE, reforzando nuestro liderazgo digital y promoviendo políticas digitales centradas en el ser humano, inclusivas y sostenibles que empoderen a los ciudadanos y a las empresas.

Para ello, el informe establece los objetivos digitales concretos que se espera que la Unión en su conjunto logre para el final de la década, tal y como se definió por primera vez en la Comunicación sobre la Brújula Digital. Los objetivos digitales para 2030 se basan en cuatro puntos cardinales: competencias digitales, infraestructuras digitales, digitalización de las empresas y de los servicios públicos.

El 81% de los trabajos de Horizon 2020 se publicaron en revistas de acceso abierto

Monitoring the open access policy of Horizon 2020

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Más del 80% de los artículos científicos derivados de los proyectos financiados por Horizonte 2020 se publicaron en revistas de acceso abierto, según indica la Comisión Europea en un nuevo informe.

El informe muestra que el 86% de las publicaciones basadas en proyectos financiados a través del pilar de ciencia excelente de Horizon 2020 se publicaron en revistas de acceso abierto. Las tasas más altas de publicación en acceso abierto se dieron en los proyectos financiados a través del Consejo Europeo de Investigación (CEI) y el programa de Tecnologías Futuras y Emergentes (FET), donde las tasas superaron el 88%.

Una gran mayoría de los investigadores de Horizon 2020 cumplió con el requisito de depositar las publicaciones de acceso abierto en repositorios. Sin embargo, solo el 39% de los conjuntos de datos depositados en Horizon 2020 son localizables, y el resto no incluye los metadatos fiables necesarios para su localización. Sólo el 32% de los conjuntos de datos depositados son rápidamente accesibles a través de un enlace en los metadatos.

En el marco de Horizon 2020 se exigió por primera vez a los investigadores que publicaran los resultados de los proyectos financiados por la UE en publicaciones de acceso abierto. Para promover esto, en 2018, un consorcio de agencias nacionales de investigación y financiadores de 12 países europeos lanzó el Plan S, un esfuerzo internacional para que los documentos de investigación financiados con dinero público estén disponibles en abierto.

Desde entonces, la UE también ha ordenado que todos los documentos procedentes de proyectos financiados a través de Horizonte Europa, su programa de investigación de 95.500 millones de euros, se publiquen en revistas de acceso abierto.

De los principios a las prácticas: La ciencia abierta en las universidades europeas: resultados de la encuesta sobre ciencia abierta en la EUA 2020-2021

Rita Morais, Bregt Saenen, Federica Garbuglia, Stephane Berghmans and Vinciane Gaillard From principles to practices: Open Science at Europe’s universities 2020-2021 EUA Open Science Survey results 2020-2021 EUA Open Science Survey results. EUA, 05 July 2021

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Este informe presenta los resultados de la Encuesta sobre Ciencia Abierta en la EUA 2020-2021 y ofrece recomendaciones basadas en pruebas para instituciones, investigadores, financiadores de la investigación y responsables políticos sobre la transición hacia la Ciencia Abierta.

Con más de 270 respuestas de 36 países europeos, el informe de la encuesta se centra en el nivel de desarrollo de la Ciencia Abierta en las universidades europeas. También aborda el papel de la Ciencia Abierta en las prioridades estratégicas de las instituciones y su aplicación en las prácticas institucionales.

RESULTADOS CLAVE:

  • Principios de la ciencia abierta: más de la mitad (59%) de las instituciones encuestadas calificaron la importancia estratégica de la ciencia abierta como muy alta o alta. El acceso abierto a las publicaciones de investigación se consideró muy importante para el 90% de las instituciones, pero sólo el 60% consideró que su nivel de implementación era alto. Sin embargo, la diferencia entre la importancia y la implementación es mucho mayor en las áreas relacionadas con los datos (RDM, FAIR y el intercambio de datos): importancia alta en entre el 55-70% de las instituciones encuestadas, con un alto nivel de implementación en el 15-25%.
  • Políticas de ciencia abierta: El 54% de las instituciones tiene una política de ciencia abierta y el 37% está desarrollando una. Sólo el 9% de las instituciones encuestadas carece de una política de ciencia abierta o no tiene previsto elaborarla.
  • Seguimiento del acceso abierto a las publicaciones de investigación: El 80% de las instituciones controlan el número de publicaciones en su repositorio y el 70% supervisó los artículos publicados por sus investigadores en revistas de acceso abierto. Además, casi el 60% informó de que controlaba el coste de las publicaciones de sus investigadores en revistas de acceso abierto.
  • Infraestructura para el acceso abierto a las publicaciones de investigación: El 90% de las instituciones encuestadas tienen su propio repositorio, participan en un repositorio compartido o ambos. En el caso de las plataformas de alojamiento o publicación de revistas Esta cifra alcanza el 66% en el caso de las plataformas de alojamiento o publicación de revistas, y se sitúa en el 57% en el caso del alojamiento o la publicación de monografías. En Además, el 66% de los encuestados afirma que su institución ha participado o apoyado la publicación no comercial en acceso abierto.
  • Competencias relacionadas con los datos: más del 50% de las instituciones encuestadas indicaron que las competencias en materia de datos de investigación sólo estaban disponibles parcialmente. Además, todas las instituciones que indicaron la ausencia o la disponibilidad parcial de competencias en materia de datos, consideraron que se necesitan más competencias de este tipo a nivel institucional.
  • Áreas emergentes de la ciencia abierta: Aproximadamente el 50% de los encuestados conocen las actividades de ciencia ciudadana y actividades de educación abierta en sus instituciones.
  • Ciencia abierta en la evaluación académica: En el 34% de las instituciones, ninguno de los elementos de la ciencia abierta examinados por la encuesta se incluyó en las evaluaciones académicas. Entre las instituciones que que incluyeron actividades de ciencia abierta en sus evaluaciones académicas, el 77% tuvo en cuenta el depósito de artículos en un repositorio.

Se proponen las siguientes recomendaciones:

  • Crear las condiciones para que la Ciencia Abierta se convierta en la norma. Para que la Ciencia Abierta se convierta en la forma estándar de producir y compartir el conocimiento científico, es crucial la participación continua de todas las partes interesadas. La participación activa de los líderes institucionales, además de las directrices y los marcos normativos nacionales y europeos, también es fundamental para crear un contexto favorable para la transición a la Ciencia Abierta.
  • Seguir invirtiendo en la integración de la Ciencia Abierta en las políticas y prácticas institucionales. Las instituciones deberían seguir desarrollando políticas internas de ciencia abierta que estén en consonancia con las políticas nacionales y europeas (siempre que sea posible). Deben seguir creando incentivos y oportunidades para que los investigadores y el personal aumenten su participación tanto en las políticas establecidas (por ejemplo, el acceso abierto a publicaciones de investigación, RDM y datos FAIR) como en las áreas emergentes de la Ciencia Abierta (por ejemplo, la ciencia ciudadana educación abierta). Las instituciones también deberían ampliar la formación en las competencias clave necesarias para la transición hacia la Ciencia Abierta (por ejemplo, habilidades de datos) para los investigadores y el personal.
  • Integrar plenamente la ciencia abierta en las prácticas de recompensa e incentivo. Para que la Ciencia Abierta se convierta en la norma, debe pasar a formar parte integral de las evaluaciones académicas. Los financiadores de la investigación y las instituciones desempeñan un papel clave para hacer posible esta transición, incorporando cada vez más las contribuciones de la Ciencia Abierta en la evaluación y reestructurando los actuales sistemas de premios y reconocimientos.

Privacidad de los niños en línea y Protección de datos de los niños en los países europeos

Children’s Online Privacy and Data Protection in Selected European Countries. European Union, 2021

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Este informe examina cómo algunos países de la Unión Europea (UE), a saber, Francia, Dinamarca, Alemania, Grecia, Portugal, Rumanía, España, Suecia, el Reino Unido (RU) y las leyes de la propia Unión Europea (UE), proporcionan derechos de privacidad a los niños en línea.

La UE introdujo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en 2016. Como reglamento, el GDPR es directamente aplicable en todos los Estados miembros, pero la mayoría de ellos han introducido legislación para garantizar la coherencia y el cumplimiento del GDPR en sus leyes nacionales. El GDPR también contiene cláusulas que permiten la derogación en ciertas áreas para permitir que los Estados miembros incorporen elementos del GDPR en su legislación nacional «en la medida necesaria para la coherencia y para que sea comprensible.» Aunque el Reino Unido ya no es un Estado miembro de la UE, incorporó toda la legislación de la UE tal como estaba el 31 de diciembre de 2020, en un nuevo cuerpo de derecho interno conocido como «legislación de la UE retenida.»

El RGPD de la UE regula el tratamiento de datos personales y establece varios principios que deben cumplir quienes tratan datos personales: legalidad, equidad, transparencia; limitación de la finalidad; minimización de los datos; exactitud y actualización de los datos; limitación del almacenamiento; e integridad y confidencialidad. El artículo 6 establece las circunstancias en las que el tratamiento de datos es lícito; la circunstancia más común es que el interesado haya dado su consentimiento.

Francia, Dinamarca, Alemania, Grecia, Portugal, Rumanía, España, Suecia y el Reino Unido han introducido legislación que sirve para aplicar o codificar el RGPD en la legislación nacional. Alemania modificó su Ley Federal de Protección de Datos para incorporar elementos del RGPD a su legislación nacional. Dinamarca introdujo una nueva Ley de Protección de Datos. España promulgó la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LPDP), cuyo objetivo es proteger la privacidad e integridad de la persona y cumplir con la Constitución española. El Reino Unido incorporó el GDPR a su legislación nacional a través de la Ley de Protección de Datos de 2018.

Dinamarca, Grecia, Alemania, España y Suecia tienen disposiciones constitucionales que proporcionan protecciones adicionales a la recogida y el tratamiento de datos para proteger el derecho a la intimidad de las personas. La Constitución española establece que el uso de las tecnologías de la información debe garantizar la intimidad personal y familiar de los ciudadanos.

Protección de datos de los niños

El GDPR de la UE establece que se debe proporcionar el consentimiento de un padre o tutor legal para que las empresas puedan procesar datos personales de niños menores de 16 años, y esta edad se utiliza en Alemania y Rumanía. El RGPD permite a los países establecer edades de consentimiento más bajas. Francia y Grecia exigen el consentimiento de un tutor legal para los menores de 15 años; España considera menores a los de 14 años; y Dinamarca, Portugal, Suecia y el Reino Unido fijan esta edad de consentimiento en los 13 años. El RGPD de la UE exige que la información proporcionada a los niños sobre el tratamiento de sus datos personales se presente en términos claros y sencillos que sean fácilmente comprensibles.

En el Reino Unido, el responsable del tratamiento de datos tiene la obligación de verificar que la persona que da el consentimiento para el niño tiene la responsabilidad parental del mismo. Portugal exige que se obtenga el permiso de un tutor legal a través de un medio seguro de autentificación. Alemania y Rumanía exigen a los responsables del tratamiento de datos que realicen esfuerzos razonables para verificar que la persona con autoridad parental ha dado su consentimiento en nombre del niño; sin embargo, ambos países no especifican ni han publicado ninguna orientación sobre cómo debe determinarse la edad de los niños. Una reciente decisión judicial de Alemania ha señalado que una barrera que exija la introducción de un número de pasaporte o de documento de identidad o un número de tarjeta de crédito con un importe mínimo retirado de la cuenta es insuficiente y ha recomendado en su lugar el uso de otras medidas más técnicas, como la información biométrica.

Aparte de exigir el consentimiento de un tutor legal para el tratamiento de los datos de los niños, Francia, Grecia y España no distinguen entre niños y adultos en lo que respecta a los derechos de protección de datos, que se recogen en el RGPD de la UE y que incluyen el derecho al olvido, el derecho de acceso, el derecho de rectificación, el derecho a la limitación del tratamiento, el derecho a la portabilidad y el derecho a oponerse al uso de los datos personales con fines comerciales. España impone a los tutores legales la obligación de velar por que los niños utilicen los dispositivos digitales y la información en línea de manera que «se garantice el adecuado desarrollo de la personalidad [del niño] y se preserve su dignidad y sus derechos fundamentales».

En España, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico establece que las administraciones públicas deben promover códigos de conducta voluntarios que tengan en cuenta la protección de los menores. Todavía no se ha publicado ningún código de este tipo.

Declaración conjunta de tres organizaciones europeas pidiendo a todos los editores que pongan fin a los embargos y las restricciones de uso

 


Joint Statement by Three European Organizations Calling on All Publishers to End Embargoes and Use Restrictions, mayo 2021

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25 de mayo de 2021

EUA se unió a CESAER y Science Europe para pedir a todos los editores que respeten plenamente los derechos de los investigadores y pongan fin al uso de restricciones y embargos. En una declaración conjunta publicada el 25 de mayo, los tres socios que representan a más de 880 universidades y organizaciones que realizan investigaciones y que financian la investigación pidieron a todos los editores que dejen de exigir a los investigadores que cedan sus derechos. El documento, firmado por los presidentes de las tres organizaciones, es una fuerte muestra de apoyo a la Ciencia Abierta y el Acceso Abierto.

La declaración expresa una profunda preocupación por las prácticas poco claras de algunos editores, en particular los ejemplos recientemente reportados por cOAlition S , que complican y confunden a los investigadores. Las organizaciones instan a los editores a reconsiderar su posición y modernizar sus enfoques de una manera que respeten plenamente los derechos de los investigadores, incluido el intercambio de los resultados de sus investigaciones revisadas por pares sin restricciones ni embargos.

En particular, la declaración afirma que los investigadores que deseen depositar su manuscrito aceptado por el autor en un repositorio con una licencia abierta (por ejemplo, CC BY), y sin ningún embargo, deben poder hacerlo.

“Es hora de hacer del acceso abierto una característica permanente del sistema de investigación”, dijo el presidente de EUA, Michael Murphy. “Los investigadores deben tener la libertad de elegir dónde y cómo publicar sus hallazgos, y esta opción debe incluir el autoarchivo de su trabajo en repositorios para garantizar el acceso a la Ruta Verde de Acceso Abierto. Esta es una simple cuestión de valores fundamentales y respeto ”.

Actualmente, los editores suelen exigir a los autores que firmen acuerdos de publicación exclusivos que restringen lo que los autores pueden hacer con los resultados de sus investigaciones. La declaración insta a reemplazar este sistema obsoleto y apoya la diversidad de modelos para la difusión abierta de la investigación para el mayor beneficio de la sociedad.

DECLARACIÓN

Nuestras tres asociaciones –CESAEREuropean University Association (EUA) y Science Europe, apoyan firmemente la ciencia abierta y el acceso abierto. Es fundamental que los investigadores, universidades, y otras investigaciones – Las organizaciones encargadas de difundir y reutilizar los resultados de la investigación sin restricciones o embargos.

Observamos que, si bien los editores académicos están mostrando su liderazgo en esta área al adoptar plenamente los modelos de publicación de acceso abierto y las prácticas de ciencia abierta, algunos no las apoyan lo suficiente. Estos editores todavía requieren que los investigadores firmar sobre sus derechos y / o tengan restricciones de uso y embargos sobre cómo pueden utilizar los resultados de su investigación revisada por pares.

Estamos especialmente preocupados por la comunicación y las prácticas opacas de algunos editores como lo informado por la coalición S . Este enfoque complica y confunde las cosas para los investigadores, impidiendo el progreso hacia un sistema de comunicación académica basado en el acceso abierto a los resultados de la investigación.

Instamos a esos editores a que reconsideren su posición y se modernicen, asegurándose de que desempeñen su papel para proporcionar unas condiciones más justas y transparentes para los autores. Estos deben respetar plenamente los derechos de los investigadores, incluido el derecho a compartir su investigación sin restricciones o embargos. Si un grupo o una plataforma opta por adoptar la postura de exigir a los autores que renuncien a sus derechos, deben declararlo clara y públicamente para garantizar que los investigadores tomen decisiones informadas.

En términos más generales, la posición estándar de las plataformas y los editores debería ser capacitar a los investigadores para que publiquen sus hallazgos (incluidos los datos y los activos digitales) sin perder sus derechos. Los investigadores que deseen depositar su manuscrito en un repositorio con una licencia abierta (por ejemplo, CC BY), y sin embargo, deben ser capaces de hacerlo. En resumen, los modelos que continúan dependiendo de las barreras y que restringen lo que los investigadores pueden hacer con sus hallazgos de investigación están desactualizados y deben ser puestosal día. Como tal, apoyamos plenamente a COAlition S y a otros que exploran una diversidad de modelos para apoyar la difusión abierta de la investigación. Las tres organizaciones signatarias apoyan la difusión abierta de los resultados de la investigación para el mayor beneficio de la investigación y la sociedad y exhortan a todos los editores a que dejen de exigir a los investigadores que firmen sus derechos y pongan fin al uso de restricciones y embargos.