Archivo de la etiqueta: Legislación

Bienes comunes: espacio, conocimiento y propiedad intelectual

909_tapa

Arias, P., P. Barriga Flores, et al. (2014 ). [e-Book]  Bienes comunes: espacio, conocimiento y propiedad intelectual. Buenos Aires., CLASCO, 2014.

Texto completo

Este libro aborda desde múltiples miradas las nuevas problemáticas, límites y desafíos relacionadas al bien común y a la propiedad intelectual. Desde los conflictos iniciados a partir de la consolidación del universo digital y la masificación de internet, que modificó la manera de comunicarse y de difundir información, cultura y conocimiento; hasta los intentos de privatización de los espacios públicos urbanos y los problemas derivados de la generación de monopolios en la fabricación de semillas vinculados al agronegocio a gran escala. Una variedad temática atravesada por la disputa entre los bienes comunes, la mirada comunitaria, y los procesos de concentración de riqueza y conocimiento.

Tecnologías de la información y Propiedad Intelectual. Planeta Biblioteca 16/05/2013.

 

 

Oír o descargar PODCAST 

Escuchar

Ir a descargar

Más PODCAST de PLANETA BIBLIOTECA

En esta ocasión ha visitado nuestro planeta FERNANDO CARBAJO CASCON Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Salamanca y Magistrado de la Audiencia Provincial de Salamanca, especialista en PROPIEDAD INTELECTUAL Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION; Fernando nos ha hablado de la inadecuación de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) como respuesta respecto a los diferentes intereses concurrentes de los nuevos modelos de uso de contenidos digitales (streaming, préstamo digital, alquiler) . También hemos hablado de como aborda la nueva reforma de la ley de Propiedad Intelectual el uso de la obra científica en bibliotecas y repositorios institucionales. Qué establece la LPI sobre el uso de contenidos protegidos con fines de docencia en campus virtuales. Qué considera la ley exactamente copia privada. Tipos de licencias y derechos; las diferencia entre una Licencia privada y una Licencia pública para los libros electrónicos. La responsabilidad de la biblioteca en la reutilización de contenidos a través de blogs y redes sociales. Un programa sumamente interesante que nos ha puesto al día sobre un tema controvertido y de suma actualidad.

Monográfico: DRMs

[]

Ir al monográfico

https://db.tt/yzMLVFe3

Ver:

Alonso-Arévalo, Julio ; Cordón-García, José-Antonio El libro electrónico y los DRM. Anuario ThinkEPI 2011, 2010.

Descargar

DRM (Digital Rights Management) es un concepto y a la vez un dispositivo con un sistema de cifrado que combina hardware y software –sistemas de encriptación- con la finalidad de establecer los usos permitidos por el titular de los derechos sobre una obra digital. El DRM es utilizado por autores y editores de obras protegidas por derechos de autor para evitar el pirateo y otras actividades ilegales, o establecer un rango de usos permitidos y no permitidos en base a diferentes circunstancias y condiciones. Sin embargo DRM engloba varias técnicas que permiten al propietario de los derechos o a su distribuidor autorizado controlar cómo se utilizan los contenidos por parte de los usuarios. Su estipulación legal se basa en un tratado aprobado por la comunidad internacional en el seno de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en 1996, que fue ratificado por la directiva comunitaria 2001/29/CE de 22 de mayo denominada “Derechos de autor en Internet”

Aunque es ahora cuando más se está hablando de DRM por la popularización de los libros electrónicos, los primeros sistemas comenzaron a funcionar a finales de los años 90 aplicados a música, vídeo, programas informáticos y documentos electrónicos, con la finalidad de servir simplemente como sistema anticopia. Posteriormente el DRM se ha aplicado al control de los diferentes usos que se pueden hacer de un documento digital, ya que la restricción puede establecerse sobre un uso concreto (lectura, impresión, modificación, copia, descarga…) de un producto digital creativo (literatura, música, películas, programas…).

Los mecanismos DRM están lejos de disponer de un estándar, ya que la codificación es distinta según la empresa que lo diseña, pero todos ellos tienen en común algunas características como son:

-Se aplican a contenidos intelectuales o creativos en formato digital.

-Establecen quién o quiénes acceden a las obras, y bajo qué condiciones.

-Autorizan o deniegan el acceso a la obra, o a alguna de sus funciones.

-Las condiciones de acceso las establece el proveedor de la obra.

-Reduce las posibilidades de la proliferación de copias ilegales.

-Facilita disponer a tiempo real de estadísticas de accesos y usos de un archivo digital, ayudando a determinar el valor de éste.

Los dos grandes sistemas de DRM es el que utiliza Adobe a traves de ADE ( Adobe Digital Editions) y Amazón con AZW cuyo formato base es Mobi.

El DRM es utilizado en bibliotecas para el préstamo digital y permite fijar un tiempo de uso limitado de los libros electrónicos en préstamo. Una vez transcurrido el plazo, automáticamente hace que el libro no pueda seguir siendo leído o desaparezca del lector de libros (eReader). Lo que se conoce como una copia “cronodegradable”.

El uso del DRM también tiene aspectos controvertidos. Algunos opositores al DRM como la Free Software Foundation se refieren al mismo como “digital restriction management” y afirman que las condiciones establecidas por el DRM sobrepasan la legalidad, ya que restringen algunos usos legales y razonables.

Los sistemas DRM los establecen unilateralmente los distribuidores de contenidos, y en ocasiones van más allá de los legítimos derechos del comprador en aspectos tales como el uso de la copia privada o de seguridad, las excepciones de copia que en alguna legislación se establece para casos específicos –el llamado uso justo (fair use)- como puede ser la autorización de cambio de formato para usuarios con discapacidad visual, el uso con fines de docencia e investigación, la realización de obras derivadas a partir de la original (traducciones, remixes, versiones, críticas… ), la copia para preservación digital, o que el DRM supere en muchos casos el tiempo estipulado por la legislación de derechos de autor para las obras que pasan al dominio público, porque ha expirado el plazo de protección, que según las legislaciones de los distintos países suele oscilar entre 50 y 70 años desde la muerte del creador.

Existen inconvenientes del DRM, tanto en el plano técnico como en el conceptual, ya que no son sistemas seguros al cien por cien, pues pueden ser decodificados o craqueados. Y por otra parte también limitan la difusión de las obras, ya que en ocasiones su aplicación es aún más estricta que la que se establecía para la copia impresa; por ejemplo un libro impreso se lo podemos prestar a uno, dos o tres amigos, sin embargo un libro electrónico con DRM – salvo la excepción que hace algún distribuidor como Sony, que permite prestarlo 2 veces-, no lo podríamos hacer a no ser que le prestáramos nuestro dispositivo para leerlo. Algunas empresas como Apple a través de su tienda de música iTunes han empezado a vender contenidos musicales sin DRM, pero a cambio han incrementando el precio en 30 céntimos por canción, ya que consideraba que su utilización estaba limitando su capacidad competitiva frente a sus adversarios. Algunos de ellos, como EMI o Amazon, anteriormente ya lo habían retirado, lo que supone que el 80% de la música vendida en la actualidad no dispone de DRM.

En cuanto al libro electrónico algunos autores ya han puesto de manifiesto que la utilización de sistemas DRM muy restrictivos se encuentran entre las razones por las que el comercio del mismo está teniendo un despegue más lento de lo que debería. Por otra parte DRM entra en contradicción con los ideales del software libre, ya que da la posibilidad de que los distribuidores especifiquen para qué programas concretos permiten la lectura, y de esta manera discrimina a aquellos usuarios que quieren o deseen utilizar programas de código abierto. Incluso un formato abierto como ePub, ve condicionado su carácter de abierto por el uso del DRM, ya que en el momento que un libro con formato ePub contiene un sistema DRM limita su condición de abierto y libre para depender de las especificaciones del DRM que se esté aplicando.

Pero el aspecto más controvertido es el relativo a la salvaguarda de la intimidad del usuario, ya que hasta ahora la compra de un documento en formato físico no hacia necesaria la identificación del usuario; sin embargo los sistemas DRM implican la necesidad de identificación del cliente para poder rastrear los usos que se hagan de la copia, en algunos casos incluso se vincula a la tarjeta de crédito del comprador del libro.

Una cuestión muy delicada es que los controles son establecidos por empresas privadas basados en lo que se ha denominado “computación fiable”, dejando en manos de éstas datos relativos a qué libros compra un usuario y cómo los utiliza, que en ocasiones pueden dar lugar a malas prácticas pudiendo ser utilizado con fines no éticos. Este aspecto es verdaderamente complejo, ya que con el objetivo de salvaguardar los legítimos derechos de los autores se invade un terreno de uno de los derechos fundamentales como es el de la intimidad, con el agravante de que es ejercido por terceros que pueden vigilar qué leemos y cómo leemos. No hace mucho Amazon tuvo un problema: no disponía de los derechos de autor para el formato digital de los libros 1984 y Rebelión en la granja, de George Orwell, y tras la denuncia de sus propietarios legítimos, se vio en la obligación de retirarlos de los dispositivos de lectura Kindle de sus clientes y a devolverles lo que habían pagado por ellos. Esta manipulación en la biblioteca de los lectores ha dado mucho que hablar, e incluso se ha dicho que es como si el librero de toda la vida entrara en tu casa y se llevara dos ejemplares de nuestra biblioteca dejando, eso sí, un cheque en la estantería.

Sin embargo eso puede tener aspectos positivos, como lo que se ha denominado DRM social, pues el libro se puede descargar de nuevo de manera gratuita en caso de que se cambie de dispositivo de lectura, o si se ha estropeado o borrado, ya que existe un registro de compradores. En cualquier caso, el fin último es desalentar que el usuario haga una difusión no permitida del libro, ya que a partir de la copia puede rastrearse a quién pertenece el original.  Algunas empresas están experimentando con sistemas alternativos al DRM como incluir en el libro algún cambio de palabra o frase a modo d huella digital que permita identificar de donde ha partido la copia ilegal que se ha puesto en internet. Es el caso del sistema SiDiM desarrollado por la universidad Darmstadt, en Alemania. Su propuesta consiste en añadir marcas de agua únicas a cada ebook vendido. Estas marcas de agua consistirán en un ligero cambio en la puntuación de una frase, o la alteración de una palabra. Este nuevo sistema cambia ligeramente algún signo de puntuación o alguna palabra en todas las copias que se venden, así se puede identificar el origen de cualquier copia pirata.

La empresa Harper-Collins, una de las 5 grandes editoras del mundo, está experimentando con un nuevo sistemallamado Digimarc Guardian Watermarking for Publishing que añade una marca de agua -invisible para el cliente- cada vez que se hace una transacción; esta marca no impide que el usuario haga cualquiera de las acciones que hacía en el formato analógico. Pero cuando la editorial encuentre uno de sus e-books en alguna página pirata, simplemente tendrá que ir a ella para saber quien, y en qué momento exacto se puso en la red. La marca de agua funcionará en prácticamente todos los formatos de ebook existentes, incluyendo pdf, mobi (el compatible con el Kindle de Amazon) y ePub.

En conclusión, el éxito de los modelos comerciales en internet depende en gran medida de los sistemas de protección de los derechos digitales. En este terreno ha sido fundamental el desarrollo del DRM (digital rigths management), que está permitiendo la gestión de los derechos electrónicos con cierta seguridad.

Por otra parte su uso tiene aspectos controvertidos que aún están por resolver de manera satisfactoria en cuestiones de derecho a la intimidad, pues los datos y estadísticas de uso quedan en manos de entidades privadas que pueden hacer algún mal uso de los mismos con fines comerciales o de otro tipo. Hay que recordar que el derecho a la intimidad está por encima del derecho a la propiedad.

Otro aspecto a resolver es lo que se ha denominado uso justo, es decir esas excepciones que establece la ley a la norma común como es el uso para personas discapacitadas, la copia legal con fines de docencia e investigación, además de cuestiones sobre el ámbito de aplicación, pues habitualmente los DRM los establecen empresas estadounidenses sobre contendidos que se comercializan en otros países con legislaciones distintas.

Manifiesto Copyright. Como la Unión Europea debería de apoyar a innovación y la creatividad a través de la reforma del derecho de autor

[]The Copyright Manifesto. How the European Union should Support Innovation and Creativity through Copyright Reform. [e-Book] C4C, 2015.

Texto completo

El Manifiesto pide a la UE modernizar las normas de derecho de autor, crear un  mercado digital único en las fronteras de la UE, reducir la duración de la protección del derecho de autor, y garantizar que las medidas de aplicación y observancia sean justas, proporcionadas y transparentes en beneficio de todos.

Apoyado por una diversidad de grupos de interés que van desde asociaciones de consumidores a la propia industria, desde los activistas de derechos digitales a universidades, de centros de investigación a bibliotecas, y desde organizaciones nacionales a europeas, Copyright for Creativity (C4C) cree que actualmente es un buen momento para identificar cuáles son las cuestiones fundamentales para llevar a cabo una revisión de la legislación de derechos de autor, con el fin de que estos se ajusten a las expectativas legítimas del siglo 21 y que permitan actuar como un verdadero catalizador para la innovación y la creatividad.

La directiva de derechos de autor de la UE, propuesta por la Comisión Europea en 1998 es una norma obsoleta para el actual marco conceptual y tecnológico.  Muchso de los objetivos clave de la directiva de derechos de autor de la UE para proporcionar seguridad jurídica en respuesta a los cambios tecnológicos y el aumento de las actividades transfronterizas están fallando. Un ejemplo de ello es que aquella legislación no se preveía que las bibliotecas adquirieran o prestaran libros digitales que pudieran preservar a largo o medio plazo, u otras situaciones que se encuentran las bibliotecas debido a que las normas de derecho de autor vigentes son excesivamente restrictivas.

El Copyright Manifesto. fue lanzado el 19 de enero 2015 mediante Copyright for Creativity (C4C), una amplia coalición de grupos de derechos digitales, bibliotecas (incluyendo EIFL), empresas de investigación e instituciones educativas. El Manifiesto pide a la UE modernizar las normas de derecho de autor, crear un  mercado digital único en las fronteras de la UE, reducir la duración de la protección del derecho de autor, y garantizar que las medidas de aplicación y observancia sean justas, proporcionadas y transparentes en beneficio de todos.

Por ello se pide que para evitar situaciones aún más confusas y contradictorias, y para alentar un entorno coherente que sea amigable a la cultura digital, la investigación y la innovación, la UE tiene que intervenir en actualizar su régimen normativo sobre derechos de autor. El manifiesto identifica cuatro fallas principales en el sistema actual, y propone solucciones para hacer frente a ellas:

1. Existencia de un marco anticuado, el contexto cambió mucho desde 2001. Por ello propone una revisión de los Derechos de Autor que simplifique y modernice las normas para ponerlas en consonancia con la realidad de hoy y para poder contar con una norma flexible para hacer frente a evoluciones futuras.

2. Falta de armonización legislativa que impide tener un verdadero mercado digital único. Proponiendo una armonización sobre la base de una lista obligatoria de limitaciones y excepciones, que permita a los usuarios y a las empresas comprender sus derechos y obligaciones en toda la UE.

3. La duración de la protección del derecho de autor es demasiado larga. Por lo que se propone un acortamiento de la duración que no se extienda más allá de lo que exigen los tratados internacionales y una transferencia más rápida al dominio público.

4. Disfuncionalidad en la aplicación de las normas. Por lo que se propone una revisión de la implementación y aplicación, incluyendo una reevaluación a fondo de los gravámenes por copia privada y la preservación de las reglas de responsabilidad intermediarias.

Monográfico: Legislación para bibliotecas

Monográfico: Legislación para bibliotecas

Descargar monográfico

Legislación y bibliotecas

Más monográficos

MONOGRÁFICOS SOBRE BYD

430 artículos e informes

Suscribirse a la lista de distribución InfoDOC

para recibir las ofertas de empleo, alerta de artículos, alerta E-LIS, noticias, repots, eBooks gratis, etc. en tu correo personal

Comunicación Científica y Derechos de Propiedad Intelectual

 

Srinivasa Rao  and M. Al (eds.). [e-Book]  Scholarly Communication and Intellectual Property Rights, BS Publication, Hyderabad, 2014.

Texto completo

Este libro trata sobre los Derechos de Propiedad Intelectual y el impacto de la comunicación académica, derechos de autor y plagio, etc.

Principios básicos del derecho de autor y los derechos conexos

 

[]

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Principios básicos del derecho de autor y los derechos conexos. Ginebra, Suiza, OMPI, 2008

Descargar

La legislación de derecho de autor forma parte del cuerpo más amplio del Derecho de la propiedad intelectual. Por “propiedad intelectual” se entiende, en términos generales, toda creación del intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.

En el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1967) consta una lista de objetos que se prestan a la protección por conducto de los derechos de propiedad intelectual:

Las obras literarias artísticas y científicas.

Las interpretaciones de los artista intérpretes ylas ejecuciones de los artistas ejecutantes

Los fonogramas y las emisiones de radiodifusión.

Las invenciones en todos los campos de la actividad humana.

Los descubrimientos científicos.Los diseños industriales.

Las marcas de fábrica, de comercio y de servicio y los nombres y denominaciones comerciales.

La protección contra la competencia desleal.

Todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico, literario y artístico.

Principios básicos de la propiedad industrial

 

[]

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Principios básicos de la propiedad industrial. Ginebra, Suiza, OMPI. 2008

Descargar

Este folleto viene a ser una introducción destinada a no especialistas y personas no familiarizadas con la propiedad industrial. En él se explican en términos llanos los principios en los que se basan los derechos de propiedad industrial. Se describen, por consiguiente, las formas más comunes que adopta la propiedad industrial, a saber, las patentes y los modelos de utilidad en relación con las invenciones, los diseños industriales, las marcas y las indicaciones geográficas y se explican los medios que ofrece el sistema de propiedad industrial a los creadores para proteger sus creaciones. En el folleto no se ofrece orientación jurídica ni administrativa detallada, por ejemplo, sobre la forma de solicitar protección o de proceder ante una infracción de derechos de propiedad industrial, por cuanto esa información puede solicitarse en las oficinas nacionales de propiedad intelectual. En la contraportada del folleto se ofrece información sobre sitios Web y publicaciones de utilidad para todo lector que desee profundizar en la materia.

En cuanto al derecho de autor, cabe remitirse a una publicación similar de la OMPI, a saber, “Principios básicos del derecho de autor y los derechos conexos”. La legislación de propiedad industrial forma parte del cuerpo más amplio del Derecho conocido con el nombre de Derecho de la propiedad intelectual. Por “propiedad intelectual” se entiende, en términos generales, toda creación del intelecto humano.

Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones. En el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1967) no se define la propiedad intelectual pero en él figura una lista de objetos que se prestan a la protección por conducto de los derechos de propiedad intelectual.

Modelos de Licencias de eBooks para bibliotecas (ALA)


modelos-licencias-210x297

eBook Business Models: A Scorecard for Public Libraries. ALA,  January 25, 2013

Descargar

El informe, creado por ALA Content Working Group (DCWG), puede ser utilizado por los bibliotecarios para conocer las variables contenidas en las licencias de adquisición de libros electrónicos para su préstamo digital en bibliotecas. El informe evalúa 15 variables de los contratos que son de importancia para las bibliotecas, que van desde la inclusión de los títulos de los libros electrónicos, política de precios, hasta patrones de acceso. Estas variables incluyen importantes características que se deben considerar respecto al préstamo de libros electrónicos, tales como fuentes de ingresos para los editores de libros electrónicos y la accesibilidad al ebook para personas con discapacidad.

El documento tiene como objetivo garantizar que los bibliotecarios tienen la información que necesitan para negociar mejor los acuerdos de licencia con los editores de libros electrónicos. Si bien no hay un modelo de negocio único que ofreezca los mejores términos para todas las bibliotecas, este informe proporciona detalles de préstamo que las bibliotecas pueden utilizar para los modelos de contratos que trabajan a través de sus sistemas de bibliotecas.

El informe es continuación del informe de 2012 ALA “ Ebook Business Models for Public Libraries“, un informe que describe las características generales y los atributos del contexto ebook actual y describe las limitaciones y restricciones de los modelos de negocio actuales.

El grupo de ALA Digital Content & Libraries Working Group (DCWG) comenzó a documentar y describir los atributos de los acuerdos de licencia que los diferentes tipos de  diferentes bibliotecas  pueden tener con los editores en el informe de agosto de 2012.

El contenido digital, a diferencia de los materiales impresos, se vende a bibliotecas bajo una variedad de condiciones establecidas por distintos tipos de licencias. Un ejemplo de esto es la diferencia entre el límite de 26 préstamos que impuso  HarperCollins en comparación con las licencias perpetuas a precios más o menos moderados de Random House, aunque los precios por lo general son mucho más altos.

El nuevo documento examina con detalle las variables que aparecen a menudo en los acuerdos de licencia de libros electrónicos o contratos. Al mismo tiempo, las variables, cuando se consideran como un todo, pueden ayudar a las bibliotecas a conceptualizar licencias de manera integral en lugar de fijarse en un aspecto de un contrato de forma aislada.

Es necesario apuntar que los modelos de concesión de licencias para libros electrónicos están en una etapa de concreción de modelos. Muchas bibliotecas están experimentando con el desarrollo de sus propios sistemas de licencias, algunas ya tienen acuerdos con  editores independientes y grupos de auto-publicación.

Este documento se centra en los tipos de términos de licencia que vemos generalmente en la industria del libro electrónico en este momento, en función de los tipos de bibliotecas. Las variables que deben tenerse en cuenta al negociar con los editores, o cuando las bibliotecas determinan que quieren desarrollar sus propios modelos de negocio, eso que ya algunas bibliotecas ya lo están haciendo.

En el documento se explica el significado de los términos de las licencias que a menudo se encuentran en los contratos de libros electrónicos. Proporciona una escala Likert para evaluar los aspectos del contrato con los vendedores de libros electrónicos o los editores. También puede ser utilizado por los bibliotecarios con el objeto de identificar qué variables de contrato son esenciales, y qué puede ser de utilidad en el momento de elaborar un modelo de contrato para la biblioteca.

Para un bibliotecario, la integración del ebook en el catálogo puede ser una variable más importante que la conservación de la colección de libros electrónicos. En este caso, la “integración” sería obtener una puntuación más alta que la preservación de la escala Likert. La escala de Likert (también denominada método de evaluaciones sumarias) se denomina así por Rensis Likert, quién publicó en 1932 un informe donde describía su uso. Es una escala psicométrica comúnmente utilizada en cuestionarios y es la escala de uso más amplio en encuestas para la investigación, principalmente en ciencias sociales. Al responder a una pregunta de un cuestionario elaborado con la técnica de Likert, se especifica el nivel de acuerdo o desacuerdo con una declaración (elemento, ítem o reactivo o pregunta).

Es cierto o poco probable que cualquier contrato para adquisción de ebooks llegue a ser exactamente lo que un bibliotecario quiere, de modo que un bibliotecario debe estar dispuesto a negociar en función de unas u otras variables que considere prioritarias.

Por último, el DCWG va a utilizar el cuadro de puntuaciones (Scorecard) para una encuesta cuyas respuestas ayudarán a la comprensión de los atributos -Página 2 de 8- esenciales para las bibliotecas, y si estos atributos varían según el tamaño de la biblioteca u otras características demográficas. El objetivo es que cualquier biblioteca tenga la información necesaria para el desarrollo y la negociación de los acuerdos de licencia de libros electrónicos a nivel local, y así el Grupo de Trabajo estará en mejor posición para comunicar y abogar con los editores, distribuidores y otros agentes en relación con el el negocio de los libros electrónicos a nivel nacional. Además, esto ayudará a desarrollar versiones revisadas del sistema, que reflejen más adecuadamente las necesidades y expectativas de la biblioteca.

Cuadro de puntuación para los modelos de Negocio de adquisición de libros electrónicos para las Bibliotecas Públicas.

La publicación de libros electrónicos se está expandiendo y evolucionando rápidamente, y los términos en que se ponen a disposición de las bibliotecas libros electrónicos muestran una amplia variación y un cambio frecuente. Algunos de los principales editores comerciales no venden libros electrónicos para bibliotecas bajo ningún término; otros lo hacen sólo a precios altos o con severas restricciones. Algunas editoriales han reducido sus ofertas iniciales, y están comenzando a explorar nuevos modelos de negocio en los programas piloto de duración limitada o en regiones seleccionadas.

En este período de experimentación, no hay un modelo de negocio único que ofrezca las mejores condiciones para todas las bibliotecas que haya sido adoptado por todos los editores. Estas directrices se proporcionan para describir los términos que las bibliotecas deben conocer en sus relaciones con los editores de libros electrónicos y distribuidores, así como las condiciones que las bibliotecas deben evitar. Mientras que los modelos de negocio seguirán evolucionando, los modelos que se exploran para los próximos años bien pueden servir para allanar el camino a los modelos del futuro. Por lo tanto, es más importante que las bibliotecas negocian agresivamente por las condiciones más favorables y flexibles posibles.

Atributos y características generales

A diferencia de un libro impreso, una sola copia de un libro electrónico podría potencialmente ser leído simultáneamente por muchos usuarios desde cualquier lugar. Así, una de las principales preocupaciones de los editores es que el préstamo de ebook en las bibliotecas pueda erosionar las ventas de libros. Para contrarrestar esto, muchos editores insisten en términos que reproducen aspectos del préstamo del libro impreso. Algunos de estos términos puede ser necesarios y tolerables, al menos temporalmente, para eliminar los miedos percibidos por los editores de cara a fomentar la venta de libros electrónicos a las bibliotecas. Otros, cuestionan que  la exigencia por parte de los usuarios que plantean cada vez más una mayor demanda de libros electrónicos será positiva para los usuarios y perjudicial para la percepción de la biblioteca como servicio. En cualquier caso, los modelos innovadores que ponen a prueba nuevas alternativas para ofrecer libros electrónicos para bibliotecas deben ser alentados, en lugar de imponer servilmente las restricciones basadas en las características del impreso. Actualmente la práctica aceptada es una copia / una circulación simultánea.

# 1. Scorecard: Replicar del modelo impreso. 

En un rango de escala de 5 puntos se evalúan los términos en que la editorial proporciona los libros, en el que 1 indica que no se ofertan libros electrónicos para bibliotecas, 3 indica  que si se ofertan en un modelo 1 copia / 1 circulación y 5 indica todos los contenidos de libros electrónicos se ofrecen en condiciones menos restrictivas.

Muchas editoriales ofrecen libros electrónicos a las bibliotecas sólo en condiciones menos favorables que para el formato impreso. las nuevas publicaciones sólo están disponibles después de un período de embargo, el número de circulaciones puede ser limitado; etc. En estos casos, cuando se pide a las bibliotecas que renuncien a algunos derechos que siempre han tenido, es razonable y justo esperar alguna ventaja adquirida a cambio. A continuación se discuten las distintas posibilidades con más detalle, esto incluye precios reducidos, una parte de los ingresos generados a través de la página web de la biblioteca, acceso gratuito limitado a los títulos seleccionados, etc.

Hay ciertos atributos que son deseables en virtud de cualquier modelo de negocio para los ebooks. Si bien puede no ser factible obtener todos ellos de inmediato y una biblioteca puede optar por prescindir de una o más a cambio de condiciones más favorables en otras áreas, estas características son en última instancia esenciales para la función pública de la biblioteca.

Todos los títulos de libros electrónicos disponibles para su venta al público también deberían estar a disposición de las bibliotecas. Las bibliotecas pueden optar por no comprar algunos títulos si se consideran inaceptables las restricciones o los precios, pero la retención de títulos bajo ninguna términos elimina la capacidad de la biblioteca para proporcionar los servicios que sus clientes necesitan y esperan.

# 2. Scorecard: Inclusión de todos los títulos. 

En un rango de escala de 5 puntos se evalúa la oferta de contenidos de la editorial, en el que 1 indica que no se ofertan ebooks y 5 indica que todos los contenidos de libros electrónicos disponibles para su venta al público se ofrecen a la venta para bibliotecas.

Las bibliotecas deben tener una opción de poseer efectivamente los libros electrónicos que compran a través de acuerdos de licencia, incluido el derecho a transferirlos a otra plataforma para seguir prestándolos indefinidamente. Las bibliotecas pueden elegir opciones más limitadas para algunos títulos, a cambio de un precio más bajo, pero deben tener alguna opción que permita el acceso permanente.

# 3. Scorecard: Derecho a transferir sus contenidos a una plataforma diferente. 

En un rango de escala de 5 puntos se evalúa la posibilidad de trasnferencia a otra plataforma,  en el que 1 indica que no  se puede transferir el contenidos adquirido a otra plataforma, 3 indica que el contenido puede ser transferido a las plataformas autorizadas por el editor y el 5 indica que todo el contenido de libros electrónicos puede ser transferido a la plataforma que considere la biblioteca.

# 4. Scorecard: Derecho a prestar contenido indefinidamente. 

En un rango de escala de 5 puntos se mide el derecho a prestar contenido indefinidamente, en el  1 indica que una editorial no ofrece contenidos para uso indefinido y 5 indica todo el contenido se ofrece para el uso indefinido.

Las bibliotecas tratan de proporcionar acceso coherente a través de todos los servicios que ofrecen. Para hacerlo con eficacia, es necesario el acceso a herramientas de metadatos y gestión aportadas por los editores y distribuidores para mejorar el descubrimiento de los libros electrónicos. Proporcionar libros electrónicos de manera separada e independiente es susceptible de ser marginado o disminuye la capacidad de confluir con otras ofertas de la biblioteca. Si bien esto está cambiando rápidamente, los mecanismos que permiten a los ebooks ser descubiertos dentro del catálogo de la biblioteca para ser prestados o reservados y sin añadiduras superfluas es una necesidad básica.

# 5. Scorecard: Accesibilidad para personas con discapacidad. 

En un rango de escala de 5 puntos se evalúa la prestación de contenidos del editor de libros electrónicos accesibles en el  que 1 indica que no hay compromiso con la accesibilidad y el 5 indica todos los contenidos de libros electrónicos que se ofrecen lo están con plena aplicación en formatos DAISY o PUB3. 

# 6. Scorecard: Integración. 

En un rango de escala de 5 puntos se miden los términos en que la editorial facilita la integración en el que 1 indica que no hay apoyo a la integración con el catálogo de la biblioteca y 5 indica que todos los contenidos de libros electrónicos se integran fácilmente en el catálogo de la biblioteca.

Limitaciones y Restricciones

Para habilitar los canales de distribución de la biblioteca de libros electrónicos, la mayoría de los modelos de negocio que se ofrecen actualmente a las bibliotecas incluyen restricciones sobre cómo se pueden utilizar los ebooks.

Al replicar el modelo impreso, los préstamos se limitan a un solo usuario simultáneo por cada licencia de ebook comprado. Esta limitación a menudo da lugar a largas listas de espera para los títulos más populares, que actualmente se encuentran en casi todos los modelos propuestos por las editoriales.

Mientras que la restricción de un solo usuario es generalmente aceptada, las alternativas pueden ser consideradas y buscan, por ejemplo, la capacidad de permitir que dos o más usuarios simultáneos, e incluso múltiples usuarios simultáneos puedan acceder a un libro en préstamo en un modelo limitado de número de préstamos a precios no excesivamente altos.

# 7. Scorecard: Usuario único

En un rango de escala de 5 puntos en la que 1 indica que no hay consideración de alternativas de un solo usuario simultáneo y 5 indica que todos los contenidos se ofrecen con alternativas al modelo de usuario único.

Bajo algunos acuerdos de concesión de licencias, la biblioteca debe recomprar el mismo título después de un número de préstamos definido. (En teoría, esto es para compensar el hecho de que los libros electrónicos no se desgastan, se pierdan o se roban, etc) Si bien este modelo viola el principio de la propiedad, puede ser una forma aceptable de lograr una reducción de precios si el número definido de préstamos es suficientemente alta.

Lo ideal es que este modelo podría combinarse con una cláusula de extinción, que prevé la titularidad permanente después de un período de años determinado. Como mínimo, la biblioteca deberá tener acceso permanente si el título ya no está a la venta cuando se alcanza el límite de préstamos.

El pago de un precio fijo por un número limitado de préstamos es, en efecto, un alquiler. Los bibliotecarios pueden tratar de aplicar una disposición similar a los títulos actuales: un coste por circulación que sustituye o aumenta la compra de títulos, o pueden dar lugar a un acuerdo de arrendamiento con opción a compra (donde x préstamos-por-la circulación equivale a una compra). Otra opción podría ser la de buscar el derecho de vender a la comunidad los materiales que no circulan con un descuento. En este caso, la biblioteca podría incluso compartir un porcentaje de la venta con el editor.

#8. Scorecard: Número limitado de préstamos. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que no es ofertado contenido en formato ebook , 3 indica el contenido es ofrecido por un número fijo de los préstamos, 4 indica que el número de préstamos concluye después de un número de años, o cuando el título ya no se ofrece a la venta, y el 5 indica los términos tales como el arrendamiento,la adquisición o la capacidad de vender los artículos que no circulan.

Los precios de libros electrónicos para bibliotecas varían mucho, con algunos títulos a un precio muy por encima del costo del impreso y otros que se ofertan con descuento. Mientras que las bibliotecas siempre buscan los mejores términos posibles, el precio máximo que se considera aceptable es probable que dependa de otras condiciones. Un ejemplo de esto podría ser una tarifa de “plataforma” – una fusión de una venta con suscripciones anuales a bases de datos similares.

# 9. Scorecard: precios variables. 

En un rango de escala de 5 puntos términos en el que 1 indica que los precios de los libros electrónicos superan 3 veces la lista de tapa dura para el mismo libro y el 5 indica que todos los contenidos de libros electrónicos se ofrecen con un descuento estándar para la biblioteca (aproximadamente un 45%) de la lista de títulos de tapa dura. 

Los editores a menudo retrasan las ventas de libros electrónicos a las bibliotecas, por un período después de que el título se lanza a la venta al público. Este período de retención o “embargo” pueden durar desde unas pocas semanas hasta varios meses o más. Mientras que cualquier retraso en la venta viola el principio de la inclusión de todos los títulos, una breve demora puede ser aceptable, sobre todo si los títulos se ofrecen a continuación, con un descuento. Los títulos embargados son menos valiosas, y su precio debe reflejar eso. Por el contrario, las bibliotecas pueden estar dispuestos a pagar una prima por un acceso inmediato a los títulos más populares.

# 10. Scorecard : Ventas tardías con descuentos. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que no hay contenido ebook ofrecido en embargo con descuento y 5 indica todos los contenidos ebook ofrecidos en embargo llevan un descuento. 

# 11. Scorecard: Modelo Premium para un acceso inmediato a los títulos con embargo. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que no se oferta acceso premium  y 5 indica que el acceso premium se ofrece a no más de dos veces el precio de la lista de tapa dura. 

Los editores pueden insistir en que los clientes tengan que visitar la biblioteca para prestar los libros electrónicos. Aunque esto es a menudo visto como una manera de añadir una “fantasia” a la transacción entre modelos, se presenta como un medida en contra del “shopping” de privilegios de la biblioteca, o para contrarrestar la percepción del riesgo que supone que los clientes vayan a renunciar a la compra de libros electrónicos. En ausencia de pruebas concluyentes de que estos riesgos sean reales, pocas bibliotecas encuentrann este modelo aceptable. Este requisito no tiene sentido para los usuarios, que lo ven como una barrera innecesaria impuesta a la biblioteca.

Si es inevitable, una alternativa puede ser la de establecer un control en el que se determine el préstamo únicamente dentro de los límites geográficos del distrito de la biblioteca.

# 12. Scorecard:-Préstamo en la biblioteca. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que prestatario debe estar físicamente presente en la biblioteca para sacar un libro electrónico y el 5 indica todos que los contenidos de libros electrónicos se ofrece para la circulación a distancia para los prestatarios del distrito de la biblioteca debidamente registrados.

Los editores pueden intentar prohibir a través de acuerdos de licencia la distribución de los títulos entre más de una institución. En esencia, esto no es diferente a una biblioteca que restringe la circulación en algún subconjunto de sus áreas. Con el modelo de un solo uso-en-un-tiempo, se deben evitar estas restricciones. 

# 13. Scorecard: Restricciones a consorcios o al préstamo interbibliotecario. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que no existe contenido en formato ebook se ofrece para consorcios y para préstamo interbibliotecario, y 5 indica que todos los contenidos de libros electrónicos son ofrecidos para préstamo interbibliotecario y para consorcios.

Modelos Digitales de Negocios Nativos

Las bibliotecas tendrán que considerar los modelos de negocios que aprovechan la naturaleza digital de libros electrónicos para ir más allá de lo que ofrece el formato impreso. Estos modelos tienen ventajas únicas e inconvenientes que deben ser considerados cuidadosamente. Por ejemplo, los modelos de suscripción pueden proporcionar un acceso ilimitado o medida a colecciones amplias. Los modelos de acceso abierto pueden proporcionar beneficios a nivel mundial cuando las bibliotecas actúan conjuntamente para proporcionar financiación. Por último, las bibliotecas tienen la obligación de hacer uso del dominio público y de licencias abiertas a ebooks.

Ventajas para los Editores. 

Debido al cambio fundamental que enfrenta a las publicaciones comerciales con la entrada de empresas que actualmente dominan el mercado de libros electrónicos, los editores y los autores tienen mucho que ganar con las bibliotecas ya que les posibilitan distribuir sus libros electrónicos. Hay pruebas convincentes de que durante los períodos de cambio tecnológico, económico y social, la gente usa las bibliotecas más. Los editores necesitan nuevas formas de “showroom” de sus títuulos (espacios en el que los fabricantes exponen sus novedades a los compradores) Los editores pueden estar dispuestos a ofrecer condiciones más favorables y precios más bajos a cambio de adaptaciones específicas (descritas a continuación).

Los lectores de la biblioteca son también compradores de libros y valoran el papel que las bibliotecas desempeñan en la conexión de lectores con autores. Las bibliotecas pueden ofrecer acceso a todo el catálogo de la editorial (incluidos los libros aún no adquiridos) como una manera de conectar a los lectores con ofertas adicionales. Esto también reforzaría la integración. (Además, al negarse a cargar títulos excluidos de las ventas de la biblioteca, las bibliotecas pueden ganar influencia en la reducción o eliminación de los embargos.).

# 14.Scorecard: Mejora del descubrimiento de títulos. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que sólo compran contenido que está disponible para el descubrimiento a través de la biblioteca y el 5 indica todos los contenidos de libros electrónicos ofrecidos al público se pone a disposición para el descubrimiento a través de la biblioteca incluyendo el contenido aún no adquiridos por la biblioteca.

Mediante la adición de un vínculo “comprar” en el catálogo de la biblioteca, las bibliotecas pueden generar ventas adicionales para la editorial. A cambio, las bibliotecas pueden negociar una parte de los ingresos generados a través de este canal, ya sea como un pago directo o como descuento en futuras compras.

# 15. Scorecard: Canal de Ventas. 

En un rango de escala de 5 puntos en el que 1 indica que no hay oferta de un enlace de buy-it (compralo) y el 5 indica que todos los contenidos de libros electrónicos que ofrece puede tener una relación de compra y los ingresos generados a través del enlace de la biblioteca se comparten con la biblioteca.

Asesoramiento a los lectores: Los bibliotecarios estimulan el interés en los libros a través de sus recomendaciones. Al extender este servicio a ebooks, las bibliotecas volverán a conectar con los lectores y con los autores, si no los libros de otro modo podrían perderse. Las bibliotecas también pueden aumentar la oferta de la editorial a través de los lectores y  reseñas incorporadas en el catálogo y / o motores de recomendación locales.

Resumen. 

Con el actual entorno empresarial cambiante que ha traido la llegada del libro electrónico, las opciones que las bibliotecas tienen a su disposición hoy en día puede tener un profundo impacto en la dirección que ha tomado todo el ecosistema de lectura. Por lo tanto, es de suma importancia que estas decisiones se tomen con una cuidadosa consideración de las necesidades de los actuales y futuros usuarios. Las decisiones se toman mejor en el contexto de una comunidad informada y nunca de manera aislada.

Cuando entran en el dominio público los libros en todo el mundo



Las diferentes legislaciones sobre Derechos de autor establecen un plazo de tiempo para que una obra pase a ser de dominio público. Por dominio público se entiende la situación en que quedan las obras literarias, artísticas o científicas (lo que incluye programas informáticos) al expirar el plazo de protección del derecho de autor. Cada legislación nacional contempla un término de años contados desde la muerte del autor (post mortem auctoris), para que estos derechos expiren. En España,  se establecieron 70 años en la ley de 1987, pero no es retroactiva. Por esa razón, para todos los autores fallecidos antes de ese año, se aplican los 80 años de la legislación precedente.

Mientras el dominio público ha existido a lo largo de la historia de la humanidad, los derechos de autor recién fueron inventados hace tres siglos.

Dominio público, implica que las obras pueden ser explotadas por cualquier persona, pero siempre respetando los derechos morales de sus autores (básicamente la autoria), pues lo que en realidad expira son los derechos de autor de carácter patrimonial. Es decir los derechos de explotación de la obra.

Según el Convenio de Berna las obras protegidas por el derecho de autor pasan al dominio público a los 50 años de la muerte del autor. Dicho convenio reconoce el derecho de los países signatarios a ampliar el plazo de la protección. Por ello, existen ordenamientos donde el plazo es de 70, 80 o 100 años desde la muerte del autor.

Esta imagen recoge  los años que tienen que trascurrir según los distintos países para que el libro entre en el dominio público. Que van desde los más de 100 años de México, los 95 años después de ser publicada para Estados Unidos, hasta los 25 años de Libia.