Archivo de la etiqueta: Derechos de autor

Abrir la Propiedad Intelectual

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Boyle, J. and J. Jenkins (2014). [e-Book] Open Intellectual Property Casebook, 2nd ed. Selected Statutes & Treaties, 2014.

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Este libro es una introducción a la ley de propiedad intelectual, el conjunto de derechos legales privadas que permite a los individuos y las empresas controlar creaciones intangibles y marcas, desde logotipos, novelas, fórmulas para medicinas y las excepciones y limitaciones que definen esos derechos. Se centra en las tres formas de la legislación federal estadounidense de propiedad intelectual, marcas registradas, derechos de autor y de patentes, pero muchas de las ideas aquí se describen se aplican mucho más allá de esas áreas legales y mucho más allá de la legislación de Estados Unidos. La segunda edición añade un nuevo capítulo sobre el secreto comercial y de preferencia. El libro pretende ser un libro de texto para una clase básica de la Propiedad Intelectual, básicamente porque se trata de un libro de texto abierto, que puede ser editado y modificado para requisitos particulares libremente, también es adecuado para una clase de grado, o para un negocio, los estudios de la biblioteca, las comunicaciones o otra clase de escuela graduada. Cada capítulo contiene los casos y lecturas secundarias y un conjunto de problemas o ejercicios de rol que complementan el material. Los problemas van desde un vídeo de los informes orales de Napster para asesorar a los clientes acerca de los motores de búsqueda y las marcas comerciales, la aplicación de la primera enmienda de la gestión de derechos digitales y derechos de autor o comentar los fallos del Tribunal Supremo sobre las patentes de genes.

Propiedad Intelectual: Ley y Sociedad de la Información

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Boyle, J. and J. Jenkins (2014). [e-Book] Intellectual Property: Law & the Information Society, Selected Statutes & Treaties, 2014.

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Este libro contiene el texto completo de la U.S.Trademark (Lanham), derechos de autor, patentes y leyes y los tratados internacionales seleccionados. Puede ser utilizado como un suplemento legal general de bajo costo o como recurso educativo. El libro es un «libro de texto abierto» disponible bajo una licencia Creative Commons. la versión impresa se puede adquirir a través de enlaces en la página web del autor.

El copyright en cuestión : Diálogos sobre propiedad intelectual

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Torres Ripa, J. and J. A. Gómez Hernández (2011). [e-Book] El copyright en cuestión : Diálogos sobre propiedad intelectual Bilbao, Deusto, 2011.

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Nos guste o no, tenemos que asumir que nuestros hábitos de creación, acceso y consumo cultural están experimentando una transformación histórica con la llegada de Internet. En los próximos años tendremos un acceso ilimitado a cantidades inmensas de contenidos digitales creado por los propios ciudadanos, lo que conllevará una reorganización de los sistemas educativos y del sector cultural. Ante estas nuevas formas de crear, acceder y consumir la cultura, los autores, editores, libreros y bibliotecarios, entre otros, deberán reflexionar sobre cuál será su papel en la sociedad digital. La lectura de este libro se convertirá en una brújula para profesores, alumnos, profesionales del mundo jurídico y, por supuesto, para los autores del siglo XXI, que quieran entender las implicaciones del impacto de Internet en la propiedad intelectual.

Parte I. Visión jurídica sobre la propiedad intelectual

Los contratos editoriales en la era del acceso: la desintermediación legal
Carlota Planas i Silva
23-42Artículo

Una defensa convencida de la libertad de creación
Antonio Muñoz Vico
43-78Artículo

Docencia e investigación en el marco de la propiedad intelectual. Normaliva española y europea
Gema Tomás Martínez
79-90Artículo

Etnografía y propiedad intelectual. Pinceladas sobre los retos legales planteados
Isabel Hernando Collazos
91-114
Parte II. Bibliotecas, instituciones e industrias culturales ante la propiedad intelectual

Leer en digital en las nuevas bibliotecas del siglo XXi
Glòria Pérez Salmerón
129-134

La propiedad intelectual y los derechos de autos en bibliotecas y centros de información: revistas digitales y acceso abierto
Julio Alonso Arévalo, Fernando Carbajo Cascón, José Antonio Cordón García Árbol académico
135-160

Contenidos digitales y propiedad intelectual. Nuevos retos para la industria editorial
Andoni Sagarna Izaguirre Árbol académico
161-168Artículo

El libro electrónico: propiedad intelectual, derechos de autor y bibliotecas
José Antonio Cordón García Árbol académico, Fernando Carbajo Cascón, Julio Alonso Arévalo
169-193

Recuperación de derechos de autor: cuándo, por qué, y cómo recuperar los derechos de autor y hacer que tu libro este más disponible

 

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Cabrera, N. and J. Ostroff (2015.). [e-Book] Understanding Rights Reversion: When, Why, & How to Regain Copyright and Make Your Book More Available., Authors Alliance, 2015

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Si tienes un libro que se publicaste hace años, y que ya no está disponible en el mercado, pero aún contiene información útil. ¿Por qué no le preguntas a tu editor sobre la recuperación de los derechos de autor? Es posible que se sorprenda saber que tu editor puede estar dispuesto a concederte la explotación de los derechos. De hecho, el editor también puede estar interesado en trabajar contigo para aumentar la disponibilidad.

Informe sobre las respuestas a la consulta pública sobre la Revisión de las Normas de Derechos de Autor de la UE

Report on the responses to the Public Consultation on the Review of the EU Copyright Rules. [e-Book] Bruselas, Bélgica, Comisión Europea, 2014

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Informe sobre las respuestas a la consulta pública sobre la Revisión de las Normas de Derechos de Autor de la UE. La revisión de las normas de derecho de autor de la UE se celebró entre el 5 diciembre de 2013 al 5 de marzo 2014. Este es un documento de información preparado por la Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea interno y refleja las opiniones de los que respondieron a la consulta pública. No se propuso ninguna posición oficial de la Comisión Europea.. La consulta abarcó una amplia gama de cuestiones, identificadas en la Comunicación de la Comisión sobre el contenido del mercado único digital, es decir.: ‘territorialidad en el mercado interior, la armonización, las limitaciones y excepciones al derecho de autor en la era digital; fragmentación del mercado de derechos de autor de la UE; y la forma de mejorar la eficacia y eficiencia de la aplicación, mientras que sustenta su legitimidad en el más amplio contexto de la reforma del derecho de autor “. El objetivo de la consulta era recabar las aportaciones de todos los interesados en la revisión de la Comisión de las normas de derecho de autor de la UE.

Préstamo interbibliotecario: Derechos de autor y Buenas Prácticas

 

Interlibrary Loan:Copyright Guidelines and Best Practices, Copyright [e-Book] Clearance Center, 2013.

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Sharing materials between academic libraries, whether lending or borrowing, is critical to meeting the content needs of patrons. Many interlibrary loan (ILL) transactions involve sending or transmitting materials such as journal articles and photocopies that are not returned. While U.S. copyright law addresses non-returnables, there are some areas that still present challenges for librarians. Section 108 of the Copyright Act of 1976 addresses reproduction of copyrighted materials by libraries and archives for several purposes, including ILL. Qualifying libraries may send portions of copyrighted works to other qualifying libraries, as long as the “aggregate quantity” doesn’t replace a purchase of or subscription to the work. But Section 108 does not define “aggregate quantity,” leaving librarians to interpret the spirit of the law.

¿Qué son, para qué sirven y cómo funcionan los DRM?

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Ver:

Alonso-Arévalo, Julio ; Cordón-García, José-Antonio El libro electrónico y los DRMAnuario ThinkEPI 2011, 2010.

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A pesar de Digital Rights Management (DRM) es una tecnología ampliamente utilizada en la industria de libros electrónicos, muchos autores y usuarios desconocen como funciona un sistema de gestión de derechos de autor. En este post, se explican algunos términos sobre que es un DRM, que tecnologías se están utilizando actualmente, las implicaciones para los usuarios, autores e industria editorial y cuales son las soluciones alternativas

DRM es una forma de protección para libros electrónicos y otros contenidos que vincula un libro comprado a una cuenta de usuario específica. Al hacerlo, sólo el comprador del eBook será capaz de poder leerlo en los dispositivos autorizados, normalmente 4 o 5, a no ser que la persona preste el propio dispositivo. Si el libro está protegido por DRM en principio no se podrá compartir con otra persona. Dependiendo de la configuración de DRM, este puede incluir además restricciones  de impresión y copia, o de de tiempo (préstamo de biblioteca) .

Empresas como Amazon y Apple tienen su propio sistema DRM. (DRM Amazon y Fairplay DRM) que utilizan su DRM para protegerse contra el intercambio ilegal, y para asegurar la venta únicamente desde sus propios sitios web. La solución DRM de Adobe, Adobe Digital Editions Adobe Digital Editions Protection Technology, requiere un programa llamado Adobe Content Server para administrar el sistema DRM.

Uno de los beneficios de la solución DRM de Adobe es que es utilizado por varios gigantes de la industria, incluyendo Barnes & Noble, Kobo y Sony. A diferencia de las soluciones DRM de Amazon y Apple, que disponen de sistemas DRM propietarios

DRM (Digital Rights Management) es un concepto y a la vez un dispositivo con un sistema de cifrado que combina hardware y software –sistemas de encriptación- con la finalidad de establecer los usos permitidos por el titular de los derechos sobre una obra digital. El DRM es utilizado por autores y editores de obras protegidas por derechos de autor para evitar el pirateo y otras actividades ilegales, o establecer un rango de usos permitidos y no permitidos en base a diferentes circunstancias y condiciones. Sin embargo DRM engloba varias técnicas que permiten al propietario de los derechos o a su distribuidor autorizado controlar cómo se utilizan los contenidos por parte de los usuarios. Su estipulación legal se basa en un tratado aprobado por la comunidad internacional en el seno de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en 1996, que fue ratificado por la directiva comunitaria 2001/29/CE de 22 de mayo denominada “Derechos de autor en Internet”

Aunque es ahora cuando más se está hablando de DRM por la popularización de los libros electrónicos, los primeros sistemas comenzaron a funcionar a finales de los años 90 aplicados a música, vídeo, programas informáticos y documentos electrónicos, con la finalidad de servir simplemente como sistema anticopia. Posteriormente el DRM se ha aplicado al control de los diferentes usos que se pueden hacer de un documento digital, ya que la restricción puede establecerse sobre un uso concreto (lectura, impresión, modificación, descarga…) de un producto digital creativo (literatura, música, películas, programas…).

Los mecanismos DRM están lejos de disponer de un estándar, ya que la codificación es distinta según la empresa que lo diseña, pero todos ellos tienen en común algunas características como son:

-Se aplican a contenidos intelectuales o creativos en formato digital.

-Establecen quién o quiénes acceden a las obras, y bajo qué condiciones.

-Autorizan o deniegan el acceso a la obra, o a alguna de sus funciones.

-Las condiciones de acceso las establece el proveedor de la obra.

-Reduce las posibilidades de la proliferación de copias ilegales.

-Facilita disponer a tiempo real de estadísticas de accesos y usos de un archivo digital, ayudando a determinar el valor de éste.

 

El DRM es utilizado en bibliotecas para fijar un tiempo de uso limitado de los libros electrónicos en préstamo. Una vez transcurrido el plazo, automáticamente hace que el libro no pueda seguir siendo leído o desaparezca del lector de libros (eReader).

El uso del DRM también tiene aspectos controvertidos. Algunos opositores al DRM como la Free Software Foundation se refieren al mismo como “digital restriction management” y afirman que las condiciones establecidas por el DRM sobrepasan la legalidad, ya que restringen algunos usos legales y razonables.

Los sistemas DRM los establecen unilateralmente los distribuidores de contenidos, y en ocasiones van más allá de los legítimos derechos del comprador en aspectos tales como el uso de la copia privada o de seguridad, las excepciones de copia que en alguna legislación se establece para casos específicos –el llamado uso justo (fair use)- como puede ser la autorización de cambio de formato para usuarios con discapacidad visual, el uso con fines de docencia e investigación, la realización de obras derivadas a partir de la original (traducciones, remixes, versiones, críticas… ), la copia para preservación digital, o que el DRM supere en muchos casos el tiempo estipulado por la legislación de derechos de autor para las obras que pasan al dominio público, porque ha expirado el plazo de protección, que según las legislaciones de los distintos países suele oscilar entre 50 y 70 años desde la muerte del creador.

Existen inconvenientes del DRM, tanto en el plano técnico como en el conceptual, ya que no son sistemas seguros al cien por cien, pues pueden ser decodificados o craqueados. Y por otra parte también limitan la difusión de las obras, ya que en ocasiones su aplicación es aún más estricta que la que se establecía para la copia impresa; por ejemplo un libro impreso se lo podemos prestar a uno, dos o tres amigos, sin embargo un libro electrónico con DRM – salvo la excepción que hace algún distribuidor como Sony, que permite prestarlo 2 veces-, no lo podríamos hacer a no ser que le prestáramos nuestro dispositivo para leerlo. Algunas empresas como Apple a través de su tienda de música iTunes han empezado a vender contenidos musicales sin DRM, pero a cambio han incrementando el precio en 30 céntimos por canción, ya que consideraba que su utilización estaba limitando su capacidad competitiva frente a sus adversarios. Algunos de ellos, como EMI o Amazon, anteriormente ya lo habían retirado, lo que supone que el 80% de la música vendida en la actualidad no dispone de DRM.

En cuanto al libro electrónico algunos autores ya han puesto de manifiesto que la utilización de sistemas DRM muy restrictivos se encuentran entre las razones por las que el comercio del mismo está teniendo un despegue más lento de lo que debería. Por otra parte DRM entra en contradicción con los ideales del software libre, ya que da la posibilidad de que los distribuidores especifiquen para qué programas concretos permiten la lectura, y de esta manera discrimina a aquellos usuarios que quieren o deseen utilizar programas de código abierto. Incluso un formato abierto como ePub, ve condicionado su carácter de abierto por el uso del DRM, ya que en el momento que un libro con formato ePub contiene un sistema DRM limita su condición de abierto y libre para depender de las especificaciones del DRM que se esté aplicando.

Pero el aspecto más controvertido es el relativo a la salvaguarda de la intimidad del usuario, ya que hasta ahora la compra de un documento en formato físico no hacia necesaria la identificación del usuario; sin embargo los sistemas DRM implican la necesidad de identificación del cliente para poder rastrear los usos que se hagan de la copia, en algunos casos incluso se vincula a la tarjeta de crédito del comprador del libro.

Una cuestión muy delicada es que los controles son establecidos por empresas privadas basados en lo que se ha denominado “computación fiable”, dejando en manos de éstas datos relativos a qué libros compra un usuario y cómo los utiliza, que en ocasiones pueden dar lugar a malas prácticas pudiendo ser utilizado con fines no éticos. Este aspecto es verdaderamente complejo, ya que con el objetivo de salvaguardar los legítimos derechos de los autores se invade un terreno de uno de los derechos fundamentales como es el de la intimidad, con el agravante de que es ejercido por terceros que pueden vigilar qué leemos y cómo leemos. No hace mucho Amazon tuvo un problema: no disponía de los derechos de autor para el formato digital de los libros 1984 y Rebelión en la granja, de George Orwell, y tras la denuncia de sus propietarios legítimos, se vio en la obligación de retirarlos de los dispositivos de lectura Kindle de sus clientes y a devolverles lo que habían pagado por ellos. Esta manipulación en la biblioteca de los lectores ha dado mucho que hablar, e incluso se ha dicho que es como si el librero de toda la vida entrara en tu casa y se llevara dos ejemplares de nuestra biblioteca dejando, eso sí, un cheque en la estantería.

Sin embargo eso puede tener aspectos positivos, como lo que se ha denominado DRM social o soft DRM, El DRM social, también conocido como marca de agua de eBook, es otra forma de protección. Aunque muchos expertos argumentarán que la marca de agua no es técnicamente un DRM ya que no hay protección activa. En su lugar, los libros electrónicos están protegidos mediante la inclusión de filigranas visibles y / o invisibles dentro del libro electrónico. Las marcas de agua visibles a menudo incluyen información personal del comprador, como su nombre, número de teléfono y dirección de correo electrónico. Esta forma de marca de agua es eficaz por dos razones. La primera razón es que hace que un libro sea fácilmente rastreable y permita ver quien es el dueño del mismo si este contenidos se ha puesto en la web sin el debido permiso de quienes detentan los derechos de autor. La segunda razón es disuadir al comprador de compartir el libro electrónico, ya que no estará dispuesto a que su información personal quede en manos de personas que no conoce. En cualquier caso, el fin último es desalentar que el usuario haga una difusión no permitida del libro, ya que a partir de la copia puede rastrearse a quién pertenece el original.  Algunas empresas están experimentando con sistemas alternativos al DRM como incluir en el libro algún cambio de palabra o frase a modo d huella digital que permita identificar de donde ha partido la copia ilegal que se ha puesto en internet.

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Datos de un DRM Social con marca de agua

En conclusión, el éxito de los modelos comerciales en internet depende en gran medida de los sistemas de protección de los derechos digitales. En este terreno ha sido fundamental el desarrollo del DRM (digital rigths management), que está permitiendo la gestión de los derechos electrónicos con cierta seguridad.

Por otra parte su uso tiene aspectos controvertidos que aún están por resolver de manera satisfactoria en cuestiones de derecho a la intimidad, pues los datos y estadísticas de uso quedan en manos de entidades privadas que pueden hacer algún mal uso de los mismos con fines comerciales o de otro tipo. Hay que recordar que el derecho a la intimidad está por encima del derecho a la propiedad.

Otro aspecto a resolver es lo que se ha denominado uso justo, es decir esas excepciones que establece la ley a la norma común como es el uso para personas discapacitadas, la copia legal con fines de docencia e investigación, además de cuestiones sobre el ámbito de aplicación, pues habitualmente los DRM los establecen empresas estadounidenses sobre contendidos que se comercializan en otros países con legislaciones distintas.

 

Tecnologías de la información y Propiedad Intelectual. Planeta Biblioteca 16/05/2013.

 

 

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Más PODCAST de PLANETA BIBLIOTECA

En esta ocasión ha visitado nuestro planeta FERNANDO CARBAJO CASCON Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Salamanca y Magistrado de la Audiencia Provincial de Salamanca, especialista en PROPIEDAD INTELECTUAL Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION; Fernando nos ha hablado de la inadecuación de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) como respuesta respecto a los diferentes intereses concurrentes de los nuevos modelos de uso de contenidos digitales (streaming, préstamo digital, alquiler) . También hemos hablado de como aborda la nueva reforma de la ley de Propiedad Intelectual el uso de la obra científica en bibliotecas y repositorios institucionales. Qué establece la LPI sobre el uso de contenidos protegidos con fines de docencia en campus virtuales. Qué considera la ley exactamente copia privada. Tipos de licencias y derechos; las diferencia entre una Licencia privada y una Licencia pública para los libros electrónicos. La responsabilidad de la biblioteca en la reutilización de contenidos a través de blogs y redes sociales. Un programa sumamente interesante que nos ha puesto al día sobre un tema controvertido y de suma actualidad.

¿Qué es el Copyleft y Licencias Creative Commons? Planeta Biblioteca 2014/06/20

 

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Pedro Mendizabal es un abogado peruano especialista en derecho de autor y derecho de autor en el entorno digital, ha estudiado a profundidad el capítulo XVI, sobre Propiedad Intelectual, del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos. Realizó un estudio de los TLC de los Estados Unidos con CAFTA y Chile, en términos comparativos con el TLC Andino. Experto en la Digital Millennium Copyright Act (DMCA), base de los textos propuestos por Estados Unidos a sus contrapartes negociadores; ha estudiado los Tratados Internet OMPI (WCT y WPPT), cuya implementación en los Estados Unidos dio origen a la DMCA. Líder del proyecto Creative Commons Perú, desde 2006. Y es sobre este tema sobre el que ha venido a hablarnos en Planeta biblioteca. Nos ha aclarado las diferencias entre términos como Copylef, Licencias CC, Licencias Públicas Generales etc. El nacimiento y origen de las licencias abiertas, y el valor efectivo y real de las mismas, y la existencia de una armonización internacional respecto a los derechos de autor.

Citas y referencias : recomendaciones y aspectos básicos del estilo APA

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Biblioteca de la Universidad de Lima. [e-Book]  Citas y referencias : recomendaciones y aspectos básicos del estilo APA (3a ed. en español, 6a. ed. en inglés), Lima: Biblioteca de la Universidad de Lima, 2014

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¿Qué es plagiar? ¿Por qué plagiamos? ¿Cómo evitamos plagiar? 2. ¿Qué es citar? ¿Qué se debe citar? ¿Cómo se cita? 3. ¿Qué es el derecho de autor? 4. Diferencias entre citas, referencias y bibliografía 5. Citas y referencias según APA, 3ª ed. en español  6. Elementos básicos de un artículo según APA 7. Bibliografía consultada