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Un libro es un libro, excepto cuando es un libro electrónico. Pero las grandes editoriales quieren que la compra de un libro sea como el alquiler de una película o el streaming de un álbum.

Bustillos, Maria. «A Book Is a Book Is a Book—Except When It’s an e-Book», 30 de agosto de 2023. https://www.thenation.com/article/culture/internet-archive-lawsuit-libraries-books/.

Comprar un libro no debería ser diferente de comprar una manzana. Cuando compras una manzana, el agricultor no puede aparecer más tarde en tu cocina y decidir que se te ha acabado el tiempo y que tienes que volver a pagar por ella. Es tuya para siempre: para comerla, pintarla en un bodegón o cortarla para la merienda de los niños. Y gracias a la doctrina de la primera venta de la ley de derechos de autor, codificada por el Congreso en 1909, los libros de tus estanterías también son tuyos para siempre, exactamente igual que tu manzana; eres libre de leerlos (o no), prestárselos a tus amigos o vendérselos a una librería de segunda mano, sin restricciones. La ley de derechos de autor equilibra el bien público -nuestro derecho colectivo a acceder a la información- con los derechos que concede a autores e inventores.

Las editoriales no pueden exigir más dinero por los libros de papel que ya has comprado, pero la tecnología para copiar y distribuir libros ha evolucionado mucho desde 1909. Así que cuatro grandes editoriales están actualmente en los tribunales, insistiendo en el derecho efectivo a irrumpir y exigir pagos múltiples y recurrentes por los libros digitales -como hacen con las películas digitales, la música y el software- y quieren ejercer ese mismo poder sobre los libros de las bibliotecas.

Esta amenaza a la propiedad de los libros es lo que hace que la actual demanda de los editores contra el Internet Archive sea políticamente peligrosa, y de una forma totalmente distinta a los anteriores desafíos y enmiendas a la ley de derechos de autor. En un momento en que aumentan las prohibiciones de libros y los ataques a bibliotecas, escuelas públicas y universidades, no es seguro para la democracia, ni para nuestra posteridad cultural, dejar el interruptor de «encendido/apagado» de los libros de las bibliotecas en manos de editoriales corporativas.

En marzo, después de casi tres años de litigio, el juez John G. Koeltl se puso del lado de los editores contra Internet Archive. Pero hay una trampa importante, como supimos hace unos días cuando se presentó su orden final.

El pleito gira en torno a la cuestión de si los libros electrónicos son libros, sujetos a las leyes vigentes que rigen la venta de libros, o si los editores pueden redefinir los libros electrónicos como soportes temporales de alquiler, una nueva clase de bienes no adquiribles, como las películas de Disney que sólo se pueden ver en streaming o el software de Microsoft que sólo se puede adquirir por suscripción. Pero las bibliotecas deben tener la opción de comprar y poseer sus libros -todos sus libros, incluidos los ebooks- y poseerlos absolutamente, como una manzana.

En el verano de 2020, Hachette, Penguin Random House, HarperCollins y Wiley acusaron a Internet Archive de «infracción masiva de los derechos de autor» por la forma en que Internet Archive presta sus libros electrónicos a los usuarios. En lugar de alquilar sus libros electrónicos a las editoriales, Internet Archive los escanea a partir de los libros en papel que posee, almacena los originales en papel y presta cada escaneado a un solo usuario a la vez, una práctica habitual en las bibliotecas conocida como Préstamo Digital Controlado (CDL, por sus siglas en inglés). Siguiendo el razonamiento de expertos abogados especializados en derechos de autor y eruditos bibliotecarios durante los últimos doce años, Internet Archive, junto con cientos de otras bibliotecas e instituciones archivísticas, sostiene que el CDL es una forma justa y lógica de preservar las prácticas bibliotecarias tradicionales para el mundo digital.

Tras la decisión de marzo, los litigantes en el pleito de Internet Archive empezaron a preparar un recurso de apelación. Sin embargo, en el auto final presentado el 11 de agosto, el juez Koeltl dictó una sentencia sorprendente que distaba mucho de conceder a los editores las soluciones que habían solicitado en un principio.

El objetivo de los editores era prohibir a Internet Archive el préstamo de cualquiera de sus libros protegidos por derechos de autor como libros electrónicos. Esa era la petición explícita en la demanda original. Pero ni siquiera este juez amigo de la industria estaba dispuesto a ir tan lejos; en su lugar, se puso de parte de la interpretación de la decisión por parte de Internet Archive. Por ahora, la Open Library tendrá que dejar de prestar sólo aquellos libros electrónicos para los que los editores ofrezcan sus propios libros electrónicos «competidores» bajo licencia. En otras palabras, la orden se basa únicamente en el argumento de que la Open Library está perjudicando los ingresos de las editoriales procedentes de los libros electrónicos, una distinción que parece ir al meollo de la disputa.

El dictamen de marzo del juez Koeltl guardaba un silencio desconcertante sobre la cuestión de cómo su decisión podría afectar a la capacidad futura de las bibliotecas para servir al bien público, en un mundo que depende cada vez más del acceso a los medios digitales. Su decisión final demuestra que esta cuestión central aún no se ha tenido en cuenta.

Los editores no deberían poder elegir las partes de la ley de derechos de autor que quieren cumplir; como se ha señalado, la ley de derechos de autor equilibra el bien público con los derechos comerciales. Si los ingresos de los editores de libros electrónicos están protegidos por las disposiciones existentes de la ley de derechos de autor que protegen a los titulares de derechos, entonces, presumiblemente, los lectores y las bibliotecas también deberían estar protegidos. Internet Archive, y todas las bibliotecas, deberían gozar de la misma protección en virtud de la doctrina de la primera venta que siempre les ha permitido conservar y prestar libros a los lectores.

Los escritores y artistas conscientes de las dimensiones políticas de nuestro trabajo tienen pocas opciones para contrarrestar las ambiciones antidemocráticas y antilibertarias de las empresas editoriales, entre otras cosas porque la industria se ha consolidado de forma espectacular en las últimas décadas. Las cinco grandes editoriales, tres de las cuales son demandantes en el caso de Internet Archive, constituyen un oligopolio efectivo en el sector editorial estadounidense. Como conseguir un contrato tradicional con una gran editorial es tan raro y tan preciado, los escritores se sienten impotentes, como suplicantes que no tienen más remedio que aceptar las condiciones que les ofrezcan. Incluso los más exitosos tienen que mantener relaciones profesionales precariamente insustituibles. Y en público, las grandes editoriales promocionan siempre y con entusiasmo su compromiso con los derechos de los autores; es bueno para la marca.

A pesar de todo, el pasado septiembre más de mil escritores, entre ellos Neil Gaiman, Naomi Klein, Mike Masnick, Lilly Wachowski, Kim Kelly, Jeff Sharlet, Cory Doctorow, Daniel Ellsberg, Laurie Penny, Eli Valley y Mattie Lubchansky firmaron una carta abierta en apoyo de Internet Archive y los derechos de propiedad digital para las bibliotecas. Y, lo que es más revelador, ni un solo autor de renombre se pronunció en apoyo de los editores tras su victoria de marzo; de hecho, algunos de los que antes habían apoyado a los editores, como Chuck Wendig, parecieron retractarse y firmaron la carta abierta. A medida que se van conociendo los hechos de la demanda, parece que las partes interesadas han empezado a comprender sus peligrosas implicaciones.

A la afirmación de los editores de que lo único que quieren es proteger los derechos de los autores, sólo puedo decir que a los autores les vendrían bien mejores defensores. Publishers Weekly informó en abril sobre una encuesta reciente que mostraba que los autores independientes autopublicados «ganan de media más que los autores publicados por casas tradicionales». El Gremio de Autores, un grupo comercial del lado de los editores en la demanda de Internet Archive, informó de que durante la década entre 2008 y 2018, los ingresos de los autores habían caído un 42 por ciento, a una media de 6.080 dólares. La remuneración anual de los altos ejecutivos editoriales, por su parte, se sitúa habitualmente en las siete cifras.

«Internet Archive] argumenta que su préstamo digital facilita el acceso a los libros a los usuarios que viven lejos de las bibliotecas físicas, y que apoya la investigación, la erudición y la participación cultural haciendo que los libros sean ampliamente accesibles en Internet», escribió. «Pero estos supuestos beneficios no pueden contrarrestar el perjuicio que el mercado causa a las editoriales».

Para todos aquellos que quieran ayudar a crear un modelo mejor de propiedad intelectual para la era digital, es hora de luchar contra el enfoque corporativo de los derechos de autor, que cada vez se hace más a expensas de la igualdad, la justicia distributiva, la inclusividad, la privacidad y la autodeterminación, los urgentes objetivos y valores sociales que impulsan a muchos a convertirse en artistas y escritores en primer lugar. Garantizar la propiedad de los libros digitales para las bibliotecas es un buen punto de partida.

¿Es legal y justo el uso de contenidos protegidos por derechos de autor en modelos de IA

Los modelos de inteligencia artificial se basan en gran medida en contenidos de alta calidad creados por seres humanos, a menudo sujetos a protección por derechos de autor. Sin estos recursos, el rendimiento del modelo sería deficiente. Surge la pregunta de si es legal utilizar obras protegidas por derechos de autor durante la fase de entrenamiento en el desarrollo de un modelo de inteligencia artificial.

Los modelos de IA de gran envergadura, como el GPT-4 de OpenAI, el PaLM 2 de Google y el Llama 2 de Meta, se han construido en parte utilizando una amplia gama de fuentes, que incluyen millones de libros, artículos, conversaciones y otros contenidos disponibles en Internet. Esta práctica ha generado disputas legales por parte de algunos creadores de estos contenidos, quienes argumentan violaciones de derechos de autor, mientras que otros buscan ser compensados por sus contribuciones.

Sin embargo, surge la pregunta de cómo se puede evaluar el valor de un dato específico cuando un modelo de IA ha absorbido una gran parte de lo que ha sido publicado en Internet durante la última década o incluso más. Benedict Evans, analista tecnológico, resalta este desafío en un reciente artículo sobre IA al señalar que el modelo no distingue entre un libro o sitio web en particular, sino que requiere acceso a «todos» los libros y «todos» los sitios web. Esto plantea un dilema, ya que el retiro de contenidos por parte de una empresa no solucionaría el problema si todas lo hicieran.

El concepto de «apalancamiento de datos», como lo describe el profesor Vincent, destaca la importancia de que las comunidades comprendan el valor de sus datos para los modelos de IA, lo que les permitiría negociar de manera más efectiva la compensación por su contribución. Si se puede determinar que el conjunto de todos los libros, por ejemplo, es responsable de una parte significativa del rendimiento de un modelo de IA como ChatGPT, entonces es posible asignar un valor adecuado a esa contribución.

En este contexto, se presenta SILO, un nuevo modelo lingüístico desarrollado por investigadores de instituciones como la Universidad de Washington en Seattle, la UC Berkeley y el Allen Institute for AI. SILO se creó con el objetivo general de minimizar riesgos legales al eliminar datos sensibles, pero también se ha desarrollado una metodología para evaluar la contribución específica de datos a los resultados de un modelo de IA. Esto podría abrir la puerta para que los propietarios de datos reciban el reconocimiento adecuado, o incluso una compensación directa, cada vez que sus datos contribuyan a las predicciones de un modelo. Como se demuestra, el rendimiento de los modelos se ve afectado significativamente si se entrenan solo con texto de bajo riesgo, como libros o documentos gubernamentales sin derechos de autor, debido a las limitaciones en tamaño y cobertura de dominio.

Basado en: Barr, Alistair. «“Data Leverage” and the Harry Potter Test: How Much Is a Single Book Worth to a Giant AI Model?» Business Insider. Accedido 4 de septiembre de 2023. https://www.businessinsider.com/data-leverage-harry-potter-test-putting-value-data-ai-models-2023-8.

¿Qué son Los derechos de publicación secundarios?

Los derechos de publicación secundarios, también conocidos como «secondary rights» en inglés, se refieren a los derechos de un autor o creador que se derivan de la explotación secundaria de su obra después de la publicación inicial o su uso principal. Estos derechos pueden involucrar la reproducción, distribución y adaptación de la obra en diferentes formatos o para diferentes propósitos. Aquí hay algunas aclaraciones sobre los derechos de publicación secundarios:

  • Derechos de reproducción: Esto incluye el derecho de permitir que la obra se reproduzca en diferentes formatos o medios, como impresiones posteriores de libros, reediciones, versiones electrónicas o incluso adaptaciones cinematográficas.
  • Derechos de traducción: Los autores pueden otorgar derechos para que su obra sea traducida a diferentes idiomas y publicada en mercados internacionales.
  • Derechos de adaptación: Esto se refiere a la posibilidad de que la obra sea adaptada a otros medios, como películas, series de televisión, obras de teatro, videojuegos o cualquier otra forma de entretenimiento.
  • Derechos de distribución: Los derechos de distribución pueden incluir acuerdos para que la obra se distribuya en diferentes territorios geográficos o en diversos canales de venta, como librerías, tiendas en línea, bibliotecas, etc.
  • Derechos de sincronización: En el ámbito musical, los derechos de sincronización permiten que una canción sea utilizada en películas, programas de televisión, anuncios, videojuegos y otros medios audiovisuales.
  • Derechos de representación y actuación: En el teatro y las artes escénicas, los derechos de representación y actuación permiten la representación pública de una obra, ya sea en un teatro o en otro lugar.
  • Derechos de impresión de arte: En el caso de los artistas visuales, los derechos de impresión de arte pueden permitir la reproducción de su obra en forma de impresiones, carteles, tarjetas, etc.

En resumen, los derechos de publicación secundarios son una parte importante de la propiedad intelectual de un autor o creador y pueden generar ingresos adicionales a lo largo del tiempo a medida que su obra se utiliza de diversas formas o se difunde en diferentes mercados. Estos derechos se negocian generalmente a través de contratos y acuerdos entre el autor o creador y las partes interesadas, como editoriales, productoras de cine, agentes literarios, entre otros.

Los derechos de publicación secundarios pueden mejorar el acceso público a la investigación científica

Selman, Brianne, y Mark Swartz. «Secondary Publishing Rights Can Improve Public Access to Academic Research». The Conversation, 25 de julio de 2023. http://theconversation.com/secondary-publishing-rights-can-improve-public-access-to-academic-research-209761.

Tradicionalmente, los autores académicos ceden sus derechos de autor a editoriales privadas o no retienen suficientes derechos que les permitan a ellos o a sus financiadores volver a publicar o reutilizar su propio trabajo, o no conservan suficientes derechos que les permitan a ellos o a sus financiadores volver a publicar o reutilizar su propio trabajo. Esta práctica se opone al objetivo de la educación y la investigación: maximizar el impacto de la investigación compartiéndola lo más ampliamente posible y en el menor tiempo posible. impacto de la investigación compartiéndola lo más ampliamente posible en el momento oportuno.

Las agencias federales canadienses que conceden ayudas a la investigación anunciaron recientemente una revisión de la Política de Acceso Abierto a las Publicaciones de la Tri-Agencia, con el objetivo de exigir el acceso abierto y gratuito inmediato a todas las publicaciones académicas generadas a través de la investigación apoyada por la Tri-Agencia para 2025.

Para cumplir este requisito, el gobierno canadiense debería capacitar a los autores académicos mediante la adopción de derechos de publicación secundarios. Estos derechos garantizarían que los autores puedan «volver a publicar inmediatamente la investigación financiada con fondos públicos tras su primer depósito en un repositorio de acceso abierto o en cualquier otro lugar», incluso en los casos en que los editores lo prohíban.

Modificar la Ley de Propiedad Intelectual para incluir estos derechos daría a los autores académicos la posibilidad de poner a disposición del público artículos de revistas financiados por los contribuyentes a través del acceso abierto tras su publicación.

Permitir que la investigación canadiense sea accesible abiertamente sin barreras contribuirá al bien público, ayudando a fomentar la innovación y el descubrimiento.

La investigación encerrada tras muros de pago es un impedimento para la ciencia, la innovación y el progreso cultural. En el pasado, la mayoría de los trabajos de investigación sólo eran accesibles para las personas que pagaban por acceder a ellos o que trabajaban o estudiaban en universidades dispuestas a pagar por el acceso. Este modelo está cambiando, y muchas publicaciones están ahora a disposición del público en abierto. Sin embargo, cada vez se exige más a los autores que paguen a los editores para poder publicar en acceso abierto.

La actual Política de Acceso Abierto a las Publicaciones de la Agencia Tripartita exige que los autores pongan a disposición del público en línea copias de los artículos de revistas financiadas, pero permite un periodo de embargo de 12 meses en el que los editores obtienen derechos exclusivos sobre el contenido y pueden mantenerlo bloqueado tras un muro de pago. Esto puede suponer importantes retrasos en el libre acceso a investigaciones vitales.

Los datos de OA.Report muestran que las publicaciones financiadas por el Consejo de Investigación de Ciencias Sociales y Humanidades de Canadá solo cumplían la política en un 52% en 2023 hasta la fecha. El resultado es que gran parte de la investigación financiada con fondos públicos sigue sin estar a disposición del público.

Las APC son tasas que pagan los autores académicos por publicar en revistas de acceso abierto. Los autores pueden pagar entre 1.000 y 13.000 dólares. Las revistas dependen cada vez más de los APC, lo que hace que el coste de la publicación en acceso abierto sea prohibitivo para muchos autores. Las estimaciones indican que los autores académicos canadienses gastaron al menos 27,6 millones de dólares en gastos de procesamiento de 2015 a 2018, a pesar de la preponderancia de las revistas de acceso abierto gratuitas.

Los autores no siempre tienen fondos para cubrir estas tarifas, y descargarlas a las bibliotecas universitarias a través de fondos de acceso abierto o acuerdos transformadores no es sostenible y conduce a oportunidades de publicación desiguales entre instituciones grandes y pequeñas. Además, los académicos del Sur Global han llamado la atención sobre la naturaleza desigual de la publicación basada en APC, mientras que otros modelos de financiación de revistas de acceso abierto se están eliminando.

Existen vías claras que permiten un acceso más abierto. Mientras que la publicación de revistas académicas es extremadamente rentable para las editoriales, los autores, editores y revisores que forman la columna vertebral del sistema rara vez son compensados por su trabajo y se enfrentan a dificultades para negociar acuerdos de publicación justos.

La Federación Canadiense de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas ha propuesto recientemente una solución parcial: ofrecer derechos de publicación secundarios a los autores académicos en Canadá. La propuesta cuenta también con el respaldo de la Asociación Canadiense de Bibliotecas de Investigación.

Los derechos de publicación secundarios ya se han implantado en múltiples países europeos, siendo quizás el ejemplo más notable la Enmienda Taverne en los Países Bajos, que ha visto cómo la tasa de acceso abierto superaba el 80%.

La aplicación de estos derechos en los países europeos incluye actualmente periodos de embargo. Sin embargo, la Asociación Europea de Bibliotecas de Investigación ha publicado un borrador de redacción de derechos secundarios sin periodo de embargo que permitiría el «autoarchivo legal en repositorios abiertos, públicos y sin ánimo de lucro«.

Si Canadá adoptara una ley similar junto con la revisión de la política de la Triple Agencia, se podría convertir en un líder mundial en publicaciones académicas de acceso abierto.

En última instancia, un acceso abierto más inmediato y a menor coste significaría que todos tendríamos un mejor acceso a la información que podría ayudarnos a comprender mejor el mundo que nos rodea, ya se trate de información médica, innovaciones en ingeniería o nuevas exploraciones de la cultura y la historia.

El 95,7% de las principales revistas prohíben la inclusión de la Inteligencia Artificial Generativa como autor.

Ganjavi, Conner, Michael B. Eppler, Asli Pekcan, Brett Biedermann, Andre Abreu, Gary S. Collins, Inderbir S. Gill, y Giovanni E. Cacciamani. «Bibliometric Analysis of Publisher and Journal Instructions to Authors on Generative-AI in Academic and Scientific Publishing». arXiv, 21 de julio de 2023. https://doi.org/10.48550/arXiv.2307.11918.

El objetivo de esta investigación consiste en analizar las normas y orientaciones proporcionadas a los autores acerca del uso de herramientas basadas en Generative-AI (IAG), Generative Pretrained Models (GPTs) y Large Language Models (LLMs) en las 100 principales editoriales y revistas académicas de ciencias. Para llevar a cabo este estudio, se examinaron los sitios web de estas editoriales y revistas en el período comprendido entre el 19 y el 20 de mayo de 2023.

Entre las 100 editoriales más importantes, el 17% ofrecía orientación sobre el uso de IAG, de las cuales 12 (70,6%) se encontraban dentro de las 25 primeras. Además, el 95,7% de las revistas prohiben la inclusión de IAG como autor. Cuatro revistas (5,7%) tienen una prohibición explícita del uso de IAG para generar un manuscrito, mientras que 3 (17,6%) editores y 15 (21,4%) revistas indicaron que sus orientaciones solo se aplican al proceso de redacción.

En cuanto a la divulgación del uso de IAG, el 42,8% de las editoriales y el 44,3% de las revistas incluyeron criterios específicos. Hubo diversidad en la orientación sobre dónde incluir el uso de IAG, incluyendo los métodos, agradecimientos, carta de presentación o una nueva sección. También se observó variabilidad en la accesibilidad de las orientaciones sobre IAG y en la vinculación de estas instrucciones entre las revistas y editoriales y sus autores.

Además, algunas de las principales editoriales y revistas carecen de orientaciones sobre el uso de IAG por parte de los autores. Entre las que sí proporcionan orientación, existe una heterogeneidad significativa en los usos permitidos de la IAG y en la forma de revelar su utilización, persistiendo esta heterogeneidad incluso entre editoriales y revistas afiliadas en algunos casos.

La falta de normalización representa una problema para los autores y podría limitar la eficacia de estas directrices. Por lo tanto, se requieren directrices normalizadas para salvaguardar la integridad de la producción científica en un contexto donde la popularidad de la IAG sigue en aumento.

Dos autores afirman que OpenAI «ingirió» sus libros para entrenar a ChatGPT, y es posible que se produzca una «oleada» de casos judiciales similares.

Rivera, Gabriel. «2 Authors Say OpenAI “ingested” Their Books to Train ChatGPT. Now They’re Suing, and a “Wave” of Similar Court Cases May Follow.» Business Insider. Accedido 19 de julio de 2023. https://www.businessinsider.com/openai-copyright-lawsuit-authors-chatgpt-trained-on-books-2023-7.

OpenAI se enfrenta a una demanda interpuesta por dos autores de renombre, Mona Awad y Paul Tremblay. Los autores acusan a OpenAI de violar la ley de propiedad intelectual al utilizar sus libros publicados para entrenar ChatGPT, el modelo de lenguaje de OpenAI, sin obtener su consentimiento.

La demanda, presentada a finales de junio, sostiene que el extenso modelo de lenguaje de ChatGPT «ingirió» el contenido protegido por derechos de autor de Mona Awad y Paul Tremblay. Los autores sostienen que la capacidad de ChatGPT para generar resúmenes detallados de sus obras sugiere que sus libros se incluyeron en los conjuntos de datos utilizados para entrenar la tecnología de IA.

Esta acción legal ejemplifica la tensión existente entre los creadores y las herramientas de IA generativa, que tienen la capacidad de producir texto e imágenes en cuestión de segundos. Muchos profesionales que trabajan en campos creativos expresan su preocupación por el impacto potencial del rápido avance de la tecnología en sus carreras y medios de vida. En consecuencia, estas preocupaciones están dando lugar cada vez más a desafíos legales.

Daniel Gervais, profesor de Derecho de la Universidad de Vanderbilt, señaló a Insider que la demanda presentada por los autores es uno de los varios casos de derechos de autor que han surgido en todo el país relacionados con herramientas de IA generativa. Sugiere que pueden surgir disputas legales similares en el futuro.

Gervais espera que muchos más autores demanden a las empresas que desarrollan grandes modelos de lenguaje y generative AI a medida que estos programas avancen y mejoren en la replicación del estilo de escritores y artistas. Él cree que es inminente una avalancha de desafíos legales que apuntan a la producción de herramientas como ChatGPT en todo el país.

Demostrar que los autores en el caso sufrieron daños económicos debido a las prácticas de recolección de datos de OpenAI, como alega la demanda, puede ser un desafío. Gervais dijo a Insider que ChatGPT podría haber obtenido el trabajo de Awad y Tremblay de fuentes alternativas distintas al material original de los autores, pero que era posible que el bot «ingiriera» sus libros como afirma la demanda.

Andres Guadamuz, experto en IA y derechos de autor en la Universidad de Sussex, expresó la misma preocupación, al decir a Insider que incluso si los libros están en los conjuntos de datos de entrenamiento de OpenAI, la compañía podría haber obtenido el trabajo a través de la recopilación legal de otro conjunto de datos.

Y demostrar que ChatGPT se habría comportado de manera diferente si nunca hubiera recopilado el trabajo de los autores es poco probable debido a la gran cantidad de datos que obtiene de la web, según afirmó Guadamuz a The Guardian.

The Authors Guild, un grupo de defensa con sede en Estados Unidos que apoya los derechos laborales de los escritores, publicó una carta abierta la semana pasada instando a los directores ejecutivos de las grandes empresas de tecnología y de IA a «obtener permiso» de los escritores para utilizar su trabajo con derechos de autor en la formación de programas de generative AI y «compensar justamente a los escritores». La organización informó a Insider que su carta ha recibido más de 2,000 firmas.

La demanda de Awad y Tremblay se presentó el mismo día en que OpenAI recibió otra denuncia legal, alegando que la compañía se apropió de «enormes cantidades de datos personales» que luego alimentó a ChatGPT. La denuncia de 157 páginas, que excluye los nombres completos de los 16 demandantes, critica a la compañía por absorber «prácticamente cada pieza de datos intercambiada en Internet que pudo obtener».

En cuanto a la demanda de Awad y Tremblay, presentada en un tribunal de distrito en el norte de California, los autores buscan daños y la restitución de lo que consideran ganancias perdidas.

El archivo de la demanda también presentó documentos que contenían resúmenes producidos por ChatGPT de las novelas de Awad «13 Ways of Looking at a Fat Girl» y «Bunny», así como de la novela de Tremblay «The Cabin at the End of the World». La novela de Tremblay fue adaptada a la película «Knock at the Cabin» dirigida por M. Night Shyamalan.

OpenAI y Awad no respondieron a las solicitudes de comentarios por parte de Insider. Un representante de Tremblay se negó a hacer comentarios.

OpenAI se esta enfrentando a varias demandas que alegan que la compañía utilizó conjuntos de datos con información personal y materiales bajo derechos de autor para entrenar a ChatGPT

OpenAI ha enfrentado múltiples demandas en las últimas semanas debido al uso de conjuntos de datos que contienen información personal y materiales con derechos de autor en el entrenamiento de sus modelos de IA, como ChatGPT. Estas demandas plantean preocupaciones sobre presuntas infracciones de derechos de autor y el uso indebido de datos sensibles, como registros médicos y conversaciones privadas, sin el consentimiento apropiado.


OpenAI se ha enfrentado a varias demandas presentadas en las últimas semanas. Estas demandas han planteado preocupaciones sobre el uso de conjuntos de datos que contienen información personal y materiales con derechos de autor para entrenar a sus modelos de IA, como ChatGPT. Algunas de las demandas alegan infracciones de derechos de autor, mientras que otras afirman que OpenAI utilizó datos sensibles, como conversaciones privadas y registros médicos, sin el consentimiento adecuado.

Entre las demandas más destacadas se encuentra una demanda presentada por 16 demandantes no identificados que afirman que OpenAI utilizó datos sensibles en el entrenamiento de sus modelos de IA. Además, la comediante y autora Sarah Silverman, junto con los autores Christopher Golden y Richard Kadrey, han presentado demandas por infracción de derechos de autor contra OpenAI y Meta en un tribunal de distrito de Estados Unidos. Las demandas alegan, entre otras cosas, que los modelos ChatGPT de OpenAI y LLaMA de Meta fueron entrenados utilizando conjuntos de datos adquiridos ilegalmente que contenían sus obras, las cuales afirman haber sido obtenidas de sitios web de «bibliotecas piratas» como Bibliotik, Library Genesis, Z-Library y otros, mencionando que los libros están «disponibles en masa a través de sistemas de torrents». En la demanda contra OpenAI, los creadores presenta pruebas que demuestran que cuando se le solicita, ChatGPT resume sus libros, infringiendo sus derechos de autor. En las pruebas se muestra que el primer libro resumido por ChatGPT es Bedwetter de Silverman, mientras que también se utiliza como ejemplo el libro Ararat de Golden y el libro Sandman Slim de Kadrey. La demanda afirma que el chatbot no se preocupó por «reproducir ninguna de las informaciones de gestión de derechos de autor que los demandantes incluyeron en sus obras publicadas».

Una demanda presentada en un tribunal federal en San Francisco alega que OpenAI copió texto de libros ilegalmente al no obtener el consentimiento de los titulares de los derechos de autor, darles crédito ni compensarlos. La demanda, Tremblay v. OpenAI Inc, afirma que ChatGPT puede resumir de manera precisa los libros de ciencia ficción y terror de los autores. Esto sugiere que el chatbot ha leído y absorbido sus obras. Los autores alegan que ChatGPT violó la ley de derechos de autor al eliminar los avisos de derechos de autor de estos libros.

Otra demanda alega que los modelos de aprendizaje automático de OpenAI, incluyendo ChatGPT y DALL-E, recopilan ilegalmente la información personal de las personas en Internet, violando diversas leyes de privacidad. La demanda, conocida como PM v. OpenAI LP, afirma que OpenAI obtiene información privada de las personas directamente a través de sus sistemas de IA y otras aplicaciones que incorporan ChatGPT. La demanda alega que OpenAI ha incorporado sus sistemas en varias plataformas como Snapchat, Spotify, Stripe, Slack y Microsoft Teams. Afirma que OpenAI recopiló clandestinamente imágenes, ubicaciones, preferencias musicales, información financiera y comunicaciones privadas de los usuarios a través de estas integraciones. Además, la denuncia argumenta que esta recopilación y uso de datos violaron las leyes de privacidad, especialmente en lo que respecta a los datos de los niños.

Estas demandas han generado un debate sobre la ética y las prácticas de recopilación de datos utilizadas en el desarrollo de modelos de IA. OpenAI aún no ha hecho comentarios públicos específicos sobre las demandas y se espera que el proceso legal siga su curso para determinar los resultados. Las acusaciones resaltan la importancia de abordar de manera ética y legal la recopilación y el uso de datos en el desarrollo de la inteligencia artificial. El proceso legal determinará los resultados de estas demandas y puede tener implicaciones significativas para la industria, y la regulación en el campo de la IA.

La Ley de Propiedad Intelectual de EE.UU. puede regular la IA sin enmiendas

Klosek, Katherine. «US Copyright Act Can Address AI without Amendment». Association of Research Libraries (blog), 7 de julio de 2023. https://www.arl.org/blog/us-copyright-act-can-address-ai-without-amendment/.

La inteligencia artificial generativa (IA) es una tecnología que puede ayudar a los autores y otros creadores a generar ideas, editar obras originales y realizar investigaciones. Pero en lugar de depender de la legislación existente para abordar preguntas como si el uso de obras para entrenar modelos de IA es uso legítimo, o si las obras que incluyen contenido generado por IA son elegibles para la protección de derechos de autor, algunos legisladores en Estados Unidos parecen estar decididos a desarrollar nuevos marcos legales o regímenes de licencias. Este mes, Library Copyright Alliance (LCA) emitió unos principios para guiar a los legisladores en sus conversaciones sobre la ley de derechos de autor y la IA. La LCA es la voz de la comunidad bibliotecaria en política de derechos de autor; sus miembros, la Asociación de Bibliotecas de Estados Unidos (ALA) y la Asociación de Bibliotecas de Investigación (ARL), representan a más de 300,000 profesionales de la información y miles de bibliotecas.

Los principios de la LCA sostienen que la legislación de derechos de autor de Estados Unidos es totalmente capaz de abordar preguntas sobre los resultados generados por la IA. Por ejemplo, en marzo de este año, US Copyright Office emitió orientación de registro reiterando el requisito de larga data de que una obra sea creada por un ser humano para recibir protección de derechos de autor. En un seminario web reciente, la Oficina de Derechos de Autor aclaró que los solicitantes deben revelar los elementos generados por IA de una obra utilizando el mismo proceso que otros elementos no reclamables (como obras en dominio público o obras registradas previamente). Sin embargo, no se requiere que los solicitantes revelen cuando las obras contienen una cantidad mínima de autoría aportada por IA, por ejemplo, cuando se utiliza la IA para editar o difuminar una obra original. Para determinar si la contribución de la IA a una obra es mínima, la oficina alentó a los posibles solicitantes a considerar si ese elemento de la obra sería elegible para registro si fuera producido por un autor humano.

Las preocupaciones sobre la ingesta de una obra con derechos de autor original por parte de la IA y la producción de un resultado sustancialmente similar a la obra original también pueden abordarse mediante la legislación existente; el titular de los derechos de autor de una obra original puede demandar tanto al proveedor de la IA como al usuario que instigó a la IA a producir una obra sustancialmente similar.

En cuanto al aspecto de entrada, la ingesta de obras con derechos de autor para crear modelos de lenguaje extensos u otras bases de datos de entrenamiento de IA es un uso legítimo establecido, en línea con el precedente establecido en el caso Authors Guild v. HathiTrust y respaldado en el caso Authors Guild v. Google. En esos casos, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Segundo Circuito determinó que la ingesta de grandes cantidades de obras con el propósito de realizar usos no expresivos de esas obras, como la extracción de texto y datos, era un uso legítimo. Por supuesto, la copia y visualización de elementos no protegidos de las obras, como hechos, no constituye una infracción, según el caso Feist Publications v. Rural Telephone Service Company.

Los principios de la LCA se derivaron de los puntos que la LCA presentó durante la participación en la sesión de escucha de la Oficina de Derechos de Autor sobre la IA generativa y los derechos de autor en relación con las obras literarias. El 5 de julio, la LCA presentó los principios a la Oficina de Política Científica y Tecnológica de Estados Unidos (OSTP, por sus siglas en inglés) en respuesta a su solicitud de información para actualizar las prioridades nacionales de Estados Unidos y las acciones futuras sobre la IA. La LCA continuará participando en la iniciativa de la Oficina de Derechos de Autor sobre derechos de autor y IA, con la administración de Biden-Harris en el desarrollo de una Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (IA), y con otros legisladores federales para garantizar que la legislación y la regulación no obstaculicen el poder de la IA para expresar la creatividad y que los creadores puedan utilizar la IA para lograr los objetivos del sistema de derechos de autor. Estos principios también pueden guiar nuestra participación en la coordinación internacional y el establecimiento de políticas relacionadas con la IA y los derechos de autor.

Inteligencia artificial y su impacto en la escritura académica

Alonso Arévalo, Julio Inteligencia artificial y su impacto en la escritura académica. Revista Praxis & Saber. Accedido 17 de junio de 2023.

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La inteligencia artificial está teniendo un impacto significativo en la escritura académica al ofrecer herramientas y recursos que facilitan el proceso de investigación, redacción y edición de documentos. Mediante el uso de algoritmos avanzados, los sistemas de inteligencia artificial pueden analizar grandes cantidades de información, extraer patrones y generar ideas para el desarrollo de un texto académico. Estas herramientas pueden ayudar a los estudiantes y profesores a ahorrar tiempo y esfuerzo al proporcionar sugerencias de vocabulario, estructura de párrafos y citas bibliográficas adecuadas. Además, la inteligencia artificial también puede contribuir a mejorar la calidad de los escritos académicos, al detectar errores gramaticales y de estilo, así como proporcionar recomendaciones para una redacción más clara y coherente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la inteligencia artificial no debe reemplazar el pensamiento crítico y la creatividad inherentes a la escritura académica, sino que debe utilizarse como una herramienta complementaria para mejorar y enriquecer el proceso de escritura.

La propiedad de los contenidos generados por IA

Sheth, Sarang. «Who Owns AI-Generated Content? Understanding Ownership, Copyrighting, and How the Law Interprets AI-Generated Art – Yanko Design», 28 de mayo de 2023. https://www.yankodesign.com/2023/05/27/who-owns-ai-generated-content-understanding-ownership-copyrighting-and-how-the-law-interprets-ai-generated-art/.

El origen y la capacidad de los contenidos generados por IA han sido temas de larga data. El aprendizaje automático ha estado presente durante más de una década, permitiendo que las computadoras adquieran inteligencia al recopilar datos, analizarlos, «pensar» y «crear». Desde la histórica victoria de Deep Blue sobre Garry Kasparov en 1996 en una partida de ajedrez, seguida por el triunfo del superordenador Watson de IBM en el programa Jeopardy en 2011, hasta la victoria de AlphaGo sobre el campeón europeo de Go Fan Hui en 2015 por 5 a 0, hemos presenciado hitos impresionantes. Sin embargo, atribuir exclusivamente la victoria a las computadoras o a los ingenieros que las crearon plantea cuestiones difíciles de dilucidar:

¿Es correcto afirmar que las computadoras han derrotado a sus contrapartes humanas? ¿O deberíamos considerar que los ingenieros que diseñaron y desarrollaron estas máquinas son los verdaderos vencedores? Además, si un automóvil Tesla autónomo llegara a causar un accidente mortal a un peatón, ¿a quién se le atribuiría la culpa? ¿A la inteligencia artificial en sí? ¿Al humano que estaba al volante? ¿O al equipo de ingenieros de Tesla que creó el algoritmo de conducción autónoma? Estas preguntas aún no tienen respuestas definitivas.

La propiedad de los contenidos generados por IA es un ámbito jurídico complejo y en evolución. En muchos casos, los términos y condiciones establecidos por las empresas, como Tesla, aclaran que la responsabilidad recae en el conductor y no en la inteligencia artificial del vehículo. Sin embargo, la asignación precisa de responsabilidad en casos como este es un desafío complejo y requiere una cuidadosa consideración legal y ética.

La propiedad de los contenidos generados por IA depende normalmente de la participación y contribución de los creadores humanos. En muchas jurisdicciones, la legislación sobre derechos de autor concede la propiedad a los creadores humanos de obras originales. Sin embargo, dado que los contenidos generados por IA son producidos por algoritmos sin participación humana directa, la cuestión de la propiedad se vuelve más compleja.

En algunos casos, el propietario de la IA puede ser considerado propietario del contenido que genera. Podría tratarse de la persona u organización que creó o entrenó el algoritmo de IA. Sin embargo, este enfoque no es aceptado universalmente, y algunos sostienen que el resultado de una IA no debería estar sujeto a la protección de los derechos de autor porque carece de la creatividad o autoría humanas necesarias.

Como alternativa, la propiedad puede atribuirse a la persona o entidad que proporcionó los datos utilizados para entrenar la IA. Por ejemplo, si una IA se entrena con un conjunto de datos de fotografías, la titularidad de los derechos de autor de esas fotografías puede influir en la titularidad del contenido generado por la IA.

Cabe señalar que algunas jurisdicciones han empezado a explorar marcos jurídicos que abordan específicamente los contenidos generados por IA. Por ejemplo, la Directiva sobre derechos de autor de la Unión Europea, adoptada en 2019, incluye disposiciones que establecen que la protección de los derechos de autor no debe aplicarse a las obras generadas por IA sin participación humana. Sin embargo, los estados miembros son responsables de implementar esta directiva en sus leyes nacionales, por lo que puede haber variaciones en cómo se interpreta y aplica esto.

En lo que respecta a los derechos de autor de las obras de arte generadas por IA, la capacidad de garantizar la protección de los derechos de autor puede depender de la participación de creadores humanos en el proceso creativo. Si un artista humano contribuye a la concepción o el diseño de la obra de arte generada por la IA, puede reclamar derechos de autor sobre ella. Sin embargo, si la IA genera de forma autónoma la obra de arte sin intervención humana, puede ser más difícil hacer valer la propiedad de los derechos de autor.

La interpretación de la legislación sobre derechos de autor y los contenidos generados por IA sigue evolucionando, y las distintas jurisdicciones pueden adoptar enfoques diferentes. Es esencial consultar con profesionales del derecho versados en la propiedad intelectual y la ley de IA para comprender las implicaciones y normativas específicas de cada jurisdicción.