
La tecnología de reconocimiento facial puede utilizarse para un sinfín de propósitos, como identificar a un usuario de un teléfono inteligente para desbloquear su teléfono, agilizar el proceso de registro en un hotel e incluso para permitir a un cliente probar virtualmente un maquillaje. Pero, también tiene usos evidentes de vigilancia y de aplicación de la ley, lo que está generando una preocupación por las repercusiones sobre el derecho a la privacidad y la intimidad de las personas.
Los sistemas de reconocimiento facial son una aplicaciones dirigidas por ordenador que identifican automáticamente a una persona en una imagen digital. Esto es posible mediante un análisis de las características faciales del sujeto extraídas de la imagen o de un fotograma clave de una fuente de vídeo, y comparándolas con una base de datos. Es innegable que el reconocimiento facial, la aplicación biométrica utilizada para identificar o verificar la identidad de una persona, está cada vez más presente en muchos aspectos de la vida cotidiana. Se utiliza para ‘etiquetar’ a las personas en las plataformas de redes sociales y para desbloquear teléfonos inteligentes.
Pero cada vez más ayuntamientos, empresas y hogares están empezando a conectar sus cámaras a las redes de la policía, y los rápidos avances en la inteligencia artificial junto con la disponibilidad de cada vez más datos personales hacen posible una vigilancia pública total. El anuncio del uso del reconocimiento facial en las investigaciones policiales ha generado preocupación, ya que los defensores de las libertades civiles y la privacidad temen que la tecnología pueda ser utilizada para la vigilancia masiva y discriminatoria, violando los derechos de las personas a la privacidad de los datos. San Francisco y Oakland, California, Brookline, Cambridge,y Massachusetts, han prohibido el uso de la tecnología de reconocimiento facial por parte de los organismos municipales. El ayuntamiento de Portland (Oregón) ha propuesto ir un paso más allá, prohibiendo el uso de la tecnología tanto en el sector público como en el privado en la medida en que la tecnología se utilice o pueda utilizarse con fines de seguridad.
La ley de Texas, al igual que la de Illinois, exige que las personas o empresas que recopilan datos biométricos informen a los individuos antes de capturar el identificador biométrico y que reciban el consentimiento del individuo. Pero a diferencia de la ley de Illinois, la ley de privacidad biométrica de Texas no requiere una autorización por escrito. La ley de Texas, al igual que la de Illinois, sí prohíbe la venta de información biométrica, y también establece restricciones sobre la forma en que se almacena esa información.
Esta semana se ha sabido que Facebook pagará 550 millones de dólares para resolver una demanda colectiva en la que los usuarios acusaron al gigante de las redes sociales de usar software de reconocimiento facial de una manera que los clientes no habían autorizado, lo que marcó una victoria para los defensores de la privacidad de los EE. UU. Que han utilizado las leyes estatales para frenar la recopilación de datos.
Ante la ausencia general de una regulación específica hasta el momento, las empresas privadas y los organismos públicos, tanto en las democracias como en los estados autoritarios, han estado adoptando esta tecnología para una variedad de usos. No existe consenso en la sociedad sobre la ética del reconocimiento facial, y las dudas sobre su cumplimiento de la ley y su sostenibilidad ética a largo plazo son cada vez mayores.
Aunque, según el último borrador de la estrategia de Inteligencia Artificial de la UE según Reuters y EURACTIV, la Unión Europea ya no está interesada en introducir una prohibición del reconocimiento facial en espacios públicos, sin embargo, debería haber «criterios claros» en el futuro despliegue masivo de biométricos sistemas de identificación en la UE. El documento señala que la falta de información sobre el uso de los sistemas de identificación biométrica prohíbe a la Comisión hacer un amplio análisis de las implicaciones de esta tecnología, que analiza las características físicas de una persona con fines computacionales.
Sin embargo, EURACTIV establece que: “Esta evaluación dependerá del propósito para el que se utilice la tecnología y de las salvaguardas establecidas para proteger a las personas. En caso de que se usen datos biométricos para la vigilancia masiva, debe haber criterios claros sobre qué individuos deben identificarse «.