Carta de Derechos de la Biblioteca

Library Bill of Rights

American Library Association

Adoptado el 19 de junio de 1939 por el Consejo de la ALA; modificado el 14 de octubre de 1944; el 18 de junio de 1948; el 2 de febrero de 1961; el 27 de junio de 1967; el 23 de enero de 1980; el 29 de enero de 2019.

La American Library Association afirma que todas las bibliotecas son foros de información e ideas, y que las siguientes políticas básicas deben guiar sus servicios.

I. Los libros y otros recursos de la biblioteca deben proporcionarse para el interés, la información y la ilustración de todas las personas de la comunidad a la que sirve la biblioteca. Los materiales no deben ser excluidos por el origen, los antecedentes o los puntos de vista de quienes contribuyen a su creación.

II. Las bibliotecas deben proporcionar materiales e información que presenten todos los puntos de vista sobre cuestiones actuales e históricas. Los materiales no deben ser prohibidos o eliminados por motivos de desaprobación partidista o doctrinal.

III. Las bibliotecas deben desafiar la censura en el cumplimiento de su responsabilidad de proporcionar información y esclarecimiento.

IV. Las bibliotecas deben cooperar con todas las personas y grupos preocupados por resistirse a la limitación de la libertad de expresión y el libre acceso a las ideas.

V. El derecho de una persona a utilizar una biblioteca no debe ser negado o restringido debido a su origen, edad, antecedentes u opiniones.

VI. Las bibliotecas que pongan a disposición del público al que sirven espacios de exposición y salas de reunión deben poner a disposición dichas instalaciones de forma equitativa, independientemente de las creencias o afiliaciones de los individuos o grupos que soliciten su uso.

VII. Todas las personas, independientemente de su origen, edad, antecedentes u opiniones, tienen derecho a la privacidad y confidencialidad en el uso de la biblioteca. Las bibliotecas deben defender, educar y proteger la privacidad de las personas, salvaguardando todos los datos de uso de la biblioteca, incluida la información de identificación personal.

Aunque los artículos de la Carta de Derechos de las Bibliotecas son declaraciones inequívocas de los principios básicos que deben regir el servicio de todas las bibliotecas, surgen preguntas sobre la aplicación de estos principios a prácticas bibliotecarias específicas. Véanse los documentos designados por el Comité de Libertad Intelectual como Interpretaciones de la Carta de Derechos de las Bibliotecas.