Fair Dealing Guidance for Canadian Libraries During the Time of COVID-19 May 4, 2020
El trato justo es uno de los derechos de los usuarios en la ley de derechos de autor que permite el uso de una obra (la copia o ‘negociación’ de una obra) sin permiso o pago. Para asegurarse de que el uso de un trabajo es justo, se realiza un análisis de trato justo, de acuerdo con los criterios establecidos.
a) El propósito del trato
El análisis de trato justo comienza determinando que el uso del trabajo es justo bajo uno de los propósitos de trato justo enumerados descritos en la Ley de Derechos de Autor [2] . El trato debe ser un propósito permitido, mencionado en la Ley (investigación, estudio privado, educación, sátira, parodia, crítica, revisión o reportaje de noticias). Es, y sigue siendo, una condición del estatuto que debe cumplirse con ese propósito.
b) El carácter del trato
Al considerar el carácter del trato, las bibliotecas deben considerar cómo se distribuyen las reproducciones, a quién y de qué manera. Estas preguntas son fundamentales para el impacto en el carácter del trato. La adopción de estrategias de distribución de «préstamos similares» puede respaldar la prestación de servicios en este momento. Lo que se hará con las copias y qué tan ampliamente se distribuirán deben considerarse antes de copiar material en entornos digitales. Se reconoce que muchas obras se han eliminado temporalmente del acceso público, ya que muchas bibliotecas están lidiando con el cierre completo de sus colecciones físicas.
c) El monto del trato
En estas circunstancias extraordinarias, es difícil aplicar restricciones de limitación estándar a la cantidad de trabajo copiado. Las consideraciones prácticas, como el acceso limitado del solicitante a las colecciones físicas, la capacidad de identificar partes específicas de un trabajo para copiar y las restricciones de trabajo del personal, influirán en el monto del trato y afectarán la capacidad de seguir la práctica habitual para este factor. La interpretación restrictiva de este factor podría dar lugar a una restricción indebida de los derechos de los usuarios.
d) Alternativas al trato
Al considerar alternativas al trato, es imperativo considerar los factores de distanciamiento social y los límites al acceso a las colecciones físicas. La defensa del trato justo es más fuerte si no hay alternativas disponibles. Muchas alternativas a la copia que antes estaban disponibles en colecciones impresas no están disponibles debido a cierres, y sería una consideración para este factor.
e) La naturaleza del trabajo.
Al considerar la naturaleza del trabajo, las bibliotecas deben considerar si el trabajo es publicado, no publicado, confidencial o si el trabajo está a disposición del público. Las directrices, políticas y mejores prácticas en esta área no han cambiado en gran medida. Si se ha publicado un trabajo, el trato puede ser más justo; Si el trabajo es confidencial, el trato puede ser injusto.
f) El efecto del trato en el trabajo
Al tener en cuenta el impacto del trato en el mercado, evalúa si el uso del trabajo competirá con el mercado por el trabajo original. En los casos en que las obras se utilizan en la enseñanza e instrucción remotas durante la pandemia, y para las bibliotecas que buscan proporcionar acceso a vastas colecciones de impresión de bibliotecas compradas legalmente que actualmente están restringidas al acceso público, puede haber un impacto limitado o nulo en el mercado. Hacer solo un uso a corto plazo de una copia del trabajo, durante la pandemia, puede mitigar aún más el impacto en el mercado.