
Código de ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información (versión completa) IFLA 2012
El Código de Ética de la IFLA establece los principios que deben guiar la labor de bibliotecarios y profesionales de la información, destacando el acceso libre, equitativo y sin censura a la información; la defensa de la libertad intelectual; el respeto a la diversidad cultural y social; la protección de la privacidad y confidencialidad de los usuarios; el equilibrio entre acceso al conocimiento y derechos de autor; y el ejercicio profesional con integridad, imparcialidad y responsabilidad social, promoviendo la cooperación, el respeto entre colegas y el compromiso con el desarrollo continuo.
El Código de Ética de la IFLA establece un marco de principios que orienta la conducta de bibliotecarios y profesionales de la información. No pretende sustituir códigos nacionales, sino servir como guía común para fomentar la reflexión ética, la responsabilidad profesional y la transparencia ante la sociedad. Parte de la idea de que la bibliotecología es, en esencia, una actividad ética vinculada al derecho humano a la información, reconocido en la Naciones Unidas y especialmente en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que garantiza la libertad de expresión y acceso a la información.
En su núcleo, el código subraya que la misión principal de los profesionales de la información es garantizar el acceso universal a la información. Esto implica rechazar cualquier forma de censura, promover servicios accesibles —idealmente gratuitos o de bajo coste— y asegurar que tanto las colecciones como los recursos digitales sean inclusivos y utilizables por todas las personas, sin barreras técnicas o económicas.
Otro eje fundamental es la responsabilidad social. Los bibliotecarios deben ofrecer servicios equitativos sin discriminación por motivos de edad, origen, ideología, género o condición social, respetando además la diversidad lingüística. También tienen un papel activo en el fomento de la alfabetización informacional, ayudando a los usuarios a localizar, evaluar y utilizar la información de forma ética, combatiendo prácticas como el plagio.
El código dedica especial atención a la privacidad y confidencialidad, estableciendo que la relación con los usuarios debe basarse en la protección de sus datos personales. Al mismo tiempo, promueve la transparencia institucional, apoyando el acceso público a la información gubernamental, aunque contempla excepciones en casos de interés público relacionados con delitos o corrupción.
En relación con el conocimiento, se defiende un equilibrio entre acceso abierto y propiedad intelectual. Los profesionales deben facilitar el acceso a la información de forma justa y eficiente, apoyar modelos abiertos (como el acceso abierto o el software libre) y, al mismo tiempo, respetar los derechos de autores y creadores. También se les insta a defender limitaciones razonables al copyright y a preservar el dominio público.
El código insiste además en la neutralidad e integridad profesional. Los bibliotecarios deben actuar con imparcialidad en la selección y difusión de la información, separando sus creencias personales de sus funciones profesionales. Asimismo, deben rechazar la corrupción, mantener altos estándares de calidad y actualizar continuamente sus conocimientos.
Finalmente, se abordan las relaciones profesionales, promoviendo el respeto, la equidad laboral y la no discriminación entre colegas. Se fomenta la colaboración, el apoyo a nuevos profesionales, la participación en asociaciones y la contribución al desarrollo del campo mediante la investigación. La competencia desleal queda explícitamente rechazada.
En conjunto, el código configura una ética profesional basada en el acceso libre y equitativo a la información, la defensa de los derechos humanos, la responsabilidad social y el compromiso con la integridad y la excelencia profesional.