
Bogataj Jančič, Maja, Lucie Guibault, João Pedro Quintais, y Thomas Margoni. 2024. Barriers and Enablers for Open Science in Copyright Law. Knowledge Rights 21. https://www.knowledgerights21.org/news-story/odipi-kr21-openscience-report/
Se analiza cómo el marco actual del derecho de autor dificulta el desarrollo pleno de la Ciencia Abierta. A pesar de las estrategias y políticas impulsadas por la Unión Europea y sus Estados miembros para fomentar este modelo científico más colaborativo y accesible, persisten importantes barreras legales, especialmente derivadas del derecho de autor.
Uno de los principales obstáculos identificados es la necesidad de una gestión consensuada del derecho de autor. En obras colectivas o con múltiples autores, se requiere el consentimiento unánime de todos los titulares para su uso, lo que dificulta considerablemente la difusión abierta del conocimiento. Además, la irrenunciabilidad del derecho a la remuneración representa otra barrera importante: aunque los autores deseen compartir libremente sus trabajos, las entidades de gestión colectiva pueden seguir reclamando pagos en su nombre, imponiendo cargas económicas y administrativas a repositorios y plataformas de acceso abierto.
El estudio también señala que el derecho de autor obliga a realizar transferencias separadas de los distintos derechos económicos, lo que fragmenta aún más la gestión de los permisos y desincentiva a los investigadores a optar por la publicación en acceso abierto. Del mismo modo, los requisitos formales que exigen contratos por escrito para la cesión de derechos generan ambigüedades legales cuando no se cumplen, dificultando la implementación de acuerdos abiertos. A esto se suma la presunción de prioridad del editor, que otorga derechos preferentes sobre las publicaciones electrónicas, limitando el depósito inmediato de trabajos en repositorios abiertos.
Otro punto crítico es la transferencia automática de derechos económicos desde los empleados a sus empleadores en el ámbito laboral. Aunque esta norma puede facilitar la Ciencia Abierta si la institución apoya el acceso abierto, también puede actuar como freno si no existe tal compromiso institucional. Por otro lado, leyes externas al derecho de autor, como las de protección del patrimonio cultural, pueden imponer restricciones similares al copyright incluso sobre obras del dominio público, lo que afecta negativamente a disciplinas que dependen de materiales culturales digitalizados.
En cuanto a los facilitadores legales, el estudio destaca que son escasos y que su impacto depende en gran medida de cómo se apliquen en la práctica. Existen mecanismos que podrían habilitar la Ciencia Abierta, como el derecho de publicación secundaria o la obligación de retención de derechos en investigaciones financiadas con fondos públicos, pero su implementación es limitada y desigual. Algunas medidas legislativas fuera del ámbito del derecho de autor —como los requisitos de las agencias financiadoras— pueden actuar como incentivos si condicionan los fondos al cumplimiento de prácticas de acceso abierto.
En conclusión, el estudio revela una importante desconexión entre las estrategias políticas a favor de la Ciencia Abierta y la realidad jurídica que enfrentan los investigadores. Las diferencias en las leyes de derechos de autor entre países también dificultan la cooperación científica internacional, creando un entorno fragmentado e incierto. Para que la Ciencia Abierta pueda desarrollarse plenamente, es necesario reformar el derecho de autor, armonizar excepciones legales para la investigación y establecer un marco claro, equilibrado y favorable a la difusión abierta del conocimiento.
Este análisis sienta las bases para un debate urgente sobre cómo actualizar los marcos legales existentes y alinear el derecho de autor con los principios de la Ciencia Abierta. Mientras no se aborden estas barreras estructurales, incluso los esfuerzos más decididos por parte de investigadores e instituciones seguirán viéndose limitados por un sistema jurídico que no ha evolucionado al ritmo de la ciencia ni de las necesidades de la sociedad.
Conclusiones:
- Existe un desajuste entre los compromisos estratégicos con la Ciencia Abierta y la realidad jurídica, lo que dificulta que estas políticas se materialicen.
- Las diferencias nacionales en el derecho de autor complican la cooperación internacional, creando un panorama desigual para la difusión del conocimiento científico.
- Es necesario reformar el derecho de autor para que esté alineado con los objetivos de la Ciencia Abierta, garantizando excepciones claras, armonizadas y amplias para la investigación.
En definitiva, el estudio propone abrir un debate urgente sobre cómo adaptar los marcos legales para que dejen de obstaculizar la Ciencia Abierta y comiencen a impulsarla de manera decidida.