Archivo de la categoría: Legislación

Derechos de autor para bibliotecas en 2018

 

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Copyright for Libraries in 2018 – Part 1. The Hague: IFLA, 2018

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Las leyes del derecho de autor en todo el mundo cambian constantemente en un intento de adaptarse -o reaccionar- al mundo digital. Estos cambios pueden tener un gran impacto en el funcionamiento de las bibliotecas y en el servicio público que prestan. Mientras que algunas reformas ofrecen nuevas posibilidades y seguridad jurídica, otras miran hacia atrás e intentan utilizar la ley para restringir la capacidad de las bibliotecas de garantizar a sus usuarios un acceso significativo a la información.

Por ello el comité de derechos de autor de la IFLA y otros comités y redes de asuntos legales, han compilado un inventario de las reformas recientes y en curso que afectan a las bibliotecas y sus servicios en todo el mundo. Después de la primera parte, la segunda parte identificará los temas que parecen estar adquiriendo importancia en las reformas de los derechos de autor, y el enfoque que están adoptando los países.

 

Código de buenas prácticas en el uso justo para bibliotecas universitarias y de investigación

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 Code of Best Practices in Fair Use for Academic and Research Libraries Washington Association of Research Libraries (ARL), 2012.

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La Association of Research Libraries (ARL) presenta el Code of Best Practices in Fair Use for Academic and Research Libraries (PDF), una declaración clara y fácil de usar de enfoques justos y razonables para el uso justo desarrollados por y para bibliotecarios que apoyan la investigación académica y la educación superior. El Código fue desarrollado en asociación con el Center for Social Media y el Washington College of Law de la American University.

El Código se ocupa de cuestiones tan comunes en la enseñanza superior como las siguientes:

  • ¿Cuándo y cuánto material con derechos de autor puede ser digitalizado para uso del estudiante?
  • ¿Y el vídeo debe ser tratado de la misma manera que el formato impreso?
    ¿Cómo se pueden poner a disposición en línea las colecciones especiales en las bibliotecas?
  • ¿Pueden las bibliotecas archivar sitios web para el uso de estudiantes y académicos?

El Código identifica la pertinencia del uso leal en ocho situaciones recurrentes para los bibliotecarios:

  • Apoyar la enseñanza y el aprendizaje con acceso a materiales bibliotecarios mediante tecnologías digitales.
  • Utilizar las selecciones de los materiales de la colección para dar a conocer las actividades de una biblioteca, o para crear exposiciones físicas y virtuales.
  • Digitalización para conservar elementos en riesgo
  • Creación de colecciones digitales de materiales de archivo y colecciones especiales
  • Reproducir material para uso de estudiantes, profesores, personal docente y otros usuarios con discapacidades.
  • Mantener la integridad de las obras depositadas en depósitos institucionales
    Creación de bases de datos para facilitar la investigación no consuntiva (incluida la búsqueda)
  • Recolectar material publicado en la web y ponerlo a disposición del público

En el Código, los bibliotecarios afirman que el uso leal está disponible en cada uno de estos contextos, proporcionando una orientación útil sobre el alcance de las mejores prácticas en cada uno de ellos.

Derecho de autor cero: Entre el derecho de autor y el dominio público

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Santa Ana Anguiano, R. [e-Book]  Derecho de autor cero: Entre el derecho de autor y el dominio público, blog de Mariana Eguaras, 2017.

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Este artículo pretende abordar el derecho de autor cero como alternativa temporal al dominio público voluntario; es decir, el deseo expreso por parte de un autor de que sus obras permanecerán abiertas una vez que hayan fallecido.

El Convenio de Berna establece un lapso de al menos cincuenta años para que una obra entre en dominio público. La mayoría de las leyes de propiedad intelectual establecen que una obra no entra en dominio público hasta pasados los 70 años de la muerte de su autor. En México, lugar donde se ha redactado este artículo, hay que esperar 100 años para que una obra sea de dominio público. Pero, ¿qué sucede si un autor quiere renunciar a este derecho? ¿Qué acontece si un creador quiere poner su obra a disposición del público antes de morir? ¿Y si desea hacerlo una vez fallecido? ¿Cómo actuar si como autor deseo que mis obras sean de dominio público mientras vivo y tras mi muerte? ¿Qué implicaciones tiene esta propuesta con las licencias por uso?

Consumo de Noticias Digitales e Intervención del Derecho de Autor: Evidencia de España antes y después del 2015 «Link Tax».

 

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Sílvia Majó-Vázquez Ana S. Cardenal Sandra González-Bailón. Digital News Consumption and Copyright Intervention: Evidence from Spain before and after the 2015 “Link Tax”. Journal of Computer-Mediated Communication, Volume 22, Issue 5, 1 September 2017, Pages 284–301, https://doi.org/10.1111/jcc4.12196

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En España se introdujo un análisis de los patrones de consumo de noticias digitales antes y después de un «impuesto de enlaces» (Link Tax).

Esta nueva legislación impuso una tasa de derechos de autor por mostrar fragmentos de contenido creados por los periódicos y provocó el cierre de Google News Spain. La legislación española en materia de derechos de autor es un precedente de la Directiva sobre derechos de autor actualmente sometida al Parlamento Europeo, que prevé imponer un «impuesto de enlace» similar.

Se ofrecen evidencias empíricas que puede ayudar a evaluar el impacto de este tipo de intervención. Se analizan los datos que rastrean el comportamiento de consumo de noticias para evaluar los cambios en el alcance de la audiencia y la fragmentación de la audiencia. Demostrando que la ley no tiene un impacto discernible en el alcance, pero si se produce un aumento en la fragmentación del consumo de noticias.

Cultura y derechos humanos en las relaciones internacionales

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Salatini, R. (2016). [e-Book]  Cultura e direitos humanos nas relações internacionais –   volume  2. Reflexões sobre direitos  humanos. Marilia, Universidade Estadual Paulista, 2016

Texto completo:

Vol. 1

Vol. 2

Organizado en dos volúmenes, la producción académica de la «XIII Semana de Relaciones Internacionales de la Unesp: Cultura y derechos humanos en las relaciones internacionales» incluye un volumen dedicado al tema de la cultura 1. Cultura y derechos humanos en las relaciones internacionales: Reflexiones sobre Cultura, y un volumen dedicado al tema de los derechos humanos, titulado 2. Cultura y derechos humanos en las relaciones internacionales: Reflexiones sobre Derechos Humanos.

Políticas de depósito legal en todo el mundo

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Mandatory Deposit Laws in Selected Jurisdictions (2017 Update). The Law Library of Congress, Global Legal Research Center , 2017

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Este informe contiene datos sobre 131 países, indicando si los libros publicados están sujetos a un requisito de depósito legal obligatorio a nivel nacional y, en caso afirmativo, cuántos ejemplares se requieren, dónde deben depositarse y si el depósito forma parte del sistema de derechos de autor. Se citan las referencias a la legislación de control de los depósitos obligatorios. En todas las jurisdicciones estudiadas, excepto trece el depósito legal es obligatorio. En algunas de estas trece jurisdicciones los depósitos son voluntarios, mientras que en otras no se ha podido encontrar información sobre las prácticas de depósito. Los asteriscos en la columna del sistema de copyright del informe indican que el requisito de depósito está contenido en la ley de copyright.

 

 Código de Legislación Bibliotecaria Autonómica

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España. Código de Legislación Bibliotecaria Autonómica Última modificación: 5 de julio de 2017.. Madrid: BOE, 2017

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La última versión de este Código en PDF y ePUB está disponible para su descarga gratuita en: http://www.boe.es/legislacion/codigos/

Ver además

Biblioteca de libros jurídicos del BOE gratuitos

 

 

Propiedad Intelectual : monográfico

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Más MONOGRÁFICOS SOBRE BYD

 

La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión…) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación. (Ministerio de Educación y Cultra)

Para la OMPI La propiedad intelectual (P.I.) se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio. La legislación protege la P.I., por ejemplo, mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas, que permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al equilibrar el interés de los innovadores y el interés público, el sistema de P.I. procura fomentar un entorno propicio para que prosperen la creatividad y la innovación.

La propiedad industrial, que abarca las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas.

El derecho de autor, que abarca las obras literarias (por ejemplo, las novelas, los poemas y las obras de teatro), las películas, la música, las obras artísticas (por ejemplo, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas) y los diseños arquitectónicos. Los derechos conexos al derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los de los organismos de radiodifusión respecto de sus programas de radio y televisión.

 

 ¿Qué es la Propiedad Intelectual?

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 ¿Qué es la Propiedad Intelectual? [e-Book]  Ginebra, OMPI, 2016.

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¿Qué es la propiedad intelectual? La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en dos categorías:

1. La propiedad industrial, que abarca las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas.

2. El derecho de autor, que abarca las obras literarias (por ejemplo, las novelas, los poemas y las obras de teatro), las películas, la música, las obras artísticas (por ejemplo, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas) y los diseños arquitectónicos. Los derechos conexos al derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los de los organismos de radiodifusión respecto de sus programas de radio y televisión.

 

Tipos de propiedad intelectual según la OMPI:

 

Derecho de autor

En la terminología jurídica, la expresión derecho de autor se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que abarca el derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las publicidades, los mapas y los dibujos técnicos.

Patentes

Una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre una invención. En términos generales, una patente faculta a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma. Como contrapartida de ese derecho, en el documento de patente publicado, el titular de la patente pone a disposición del público la información técnica relativa a la invención

Marcas

Una marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de las demás. Las marcas se remontan a los tiempos en que los artesanos reproducían sus firmas o “marcas” en sus productos.

Diseños industriales

Un diseño industrial (dibujo o modelo industrial) constituye el aspecto ornamental o estético de un artículo. El diseño puede consistir en rasgos tridimensionales, como la forma o la superficie de un artículo, o en rasgos bidimensionales, como motivos, líneas o colores.

Indicaciones geográficas

Una indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su lugar de origen. Por lo general, la indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos.