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Uso de licencias Creative Commons en el mundo

 

Las licencias Creative Commons (CC) son una serie de licencias libres que permiten a los titulares de derechos de autor de libros, películas, páginas web, música, fotografía y otras obras creativas optar por otorgar derechos de uso y hacer que sus obras sean legalmente compartibles. Las licencias de Creative Commons (CC) son un estándar para compartir contenidos libres en línea para creadores individuales, gobiernos, fundaciones y universidades que han cambiado la manera de funcionar de internet ofreciendo una posibilidad fundamental a algunas de las plataformas de contenidos más grandes de la web. Y se hizo en base a ofrecer una base jurídica sólida para compartir contenidos digitales, ayudando a aprovechar el poder de compartir impulsado por las redes sociales. A medida que los términos legales de las licencias fueron adaptados gradualmente a las leyes de más de 35 países, ha habido una mayor convergencia de los términos de la licencia transnacional. Para reflejar esto, en diciembre 2014 se lanzó una versión 4.0 de las licencias, diseñadas para ser más utilizables por una comunidad de usuarios global. Las nuevas licencias incluyen nuevas disposiciones relacionadas con los derechos de bases de datos, derechos de la personalidad, y la minería de datos – disposiciones que ya han sido aprobados por la Comisión Europea para su uso por parte de las instituciones del sector público, y de la Casa Blanca para los conjuntos de datos del gobierno federal.

Creative Commons acaba de publicar un informe que documenta los patrones de uso de sus licencias. Es muy bueno saber que el número de obras que utilizan las licencias CC se han disparado desde que fueron introducidas hace doce años, en 2003. Ahora mismo en el mundo hay 882 millones de obras bajo licencias CC, cuando en 2006 el número de licencias CC era de 50 millones. El informe incluye una gran serie deinfografías que ilustran los hallazgos clave.

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Número de Licencias CC en el mundo

 

Nueve millones de sitios web utilizan ahora licencias CC, incluidos los principales sitios como YouTube, Wikipedia, Flickr, PLOS, Scribd, Wattpad y Jamendo.

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Algunas licencias CC prohíben usos comerciales y derivados de una obra, lo que les hace “menos libres”, mientras que otras licencias permiten tanto la adaptación de una obra como su uso comercial por lo que son “más libres.”, lo importante de las licencias CC es que esta libertad la otorga el creador de la obra según su criterio. Según el nuevo informe de CC, aproximadamente el 56% de los 882 millones de obras bajo licencia CC permiten ambas adaptaciones y usos comerciales de una obra (” licencias de cultura libre “). cuando sólo era el 40% en 2010. Un total del 76% de las obras permiten adaptaciones, y el 58% permite el uso comercial.

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Tipos de Licencias

La proliferación internacional de las licencias ha estimulado el interés por todo tipo de iniciativas como es la información gubernamental, las revistas especializadas, la cultura y los programas de estudio ha hecho qye sean más accesibles a las personas. El 37% de estas licencias se han otrogado en América del Norte, un 34% en Europa, 16% en Asía, 10% en Latinoamérica, un 2% en los países árabes y 1% en Africa.

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Países comprometidos con “Recursos educativos Abiertos”

 

Catorce países del mundo han firmado compromisos nacionales para abrir la educación a través de la legislación o proyectos que conducen a la creación, el mayor uso, o la mejora de los recursos educativos abiertos, que requieren de una licencia abierta como CC BY. Los libros de texto abiertos – es decir, con Licencias CC,  y por lo tanto más fácilmente compartibles y producidos a bajo costo, han supuesto un ahorro para los estudiantes de más de 100 millones de dólares.

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Ahorros en Libros de texto abiertos

 

Las licencias CC se inventaron como una solución, al igual que la Web 2.0, para asegurar que estos contenidos funcionan como un elemento vital de la infraestructura para la construcción de bienes comunes del conocimiento y la creatividad. Desde que CC fue fundada hace 12 años, ha habido progresos importantes en la consecución de su objetivo. Hoy en día, el uso compartido se convierte en la corriente principal, las oportunidades son mayores que nunca. Como resultado de ello tenemos un acceso más amplio al conocimiento y a la cultura para todo el mundo y en cualquier lugar.

¿Qué son y para que sirven los DRM?

 

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Ver:

Alonso-Arévalo, Julio ; Cordón-García, José-Antonio El libro electrónico y los DRM. Anuario ThinkEPI 2011, 2010.

DRM (Digital Rights Management) es un concepto y a la vez un dispositivo con un sistema de cifrado que combina hardware y software –sistemas de encriptación- con la finalidad de establecer los usos permitidos por el titular de los derechos sobre una obra digital. El DRM es utilizado por autores y editores de obras protegidas por derechos de autor para evitar el pirateo y otras actividades ilegales, o establecer un rango de usos permitidos y no permitidos en base a diferentes circunstancias y condiciones. Sin embargo DRM engloba varias técnicas que permiten al propietario de los derechos o a su distribuidor autorizado controlar cómo se utilizan los contenidos por parte de los usuarios. Su estipulación legal se basa en un tratado aprobado por la comunidad internacional en el seno de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en 1996, que fue ratificado por la directiva comunitaria 2001/29/CE de 22 de mayo denominada “Derechos de autor en Internet”

Aunque es ahora cuando más se está hablando de DRM por la popularización de los libros electrónicos, los primeros sistemas comenzaron a funcionar a finales de los años 90 aplicados a música, vídeo, programas informáticos y documentos electrónicos, con la finalidad de servir simplemente como sistema anticopia. Posteriormente el DRM se ha aplicado al control de los diferentes usos que se pueden hacer de un documento digital, ya que la restricción puede establecerse sobre un uso concreto (lectura, impresión, modificación, copia, descarga…) de un producto digital creativo (literatura, música, películas, programas…).

Los mecanismos DRM están lejos de disponer de un estándar, ya que la codificación es distinta según la empresa que lo diseña, pero todos ellos tienen en común algunas características como son:

-Se aplican a contenidos intelectuales o creativos en formato digital.

-Establecen quién o quiénes acceden a las obras, y bajo qué condiciones.

-Autorizan o deniegan el acceso a la obra, o a alguna de sus funciones.

-Las condiciones de acceso las establece el proveedor de la obra.

-Reduce las posibilidades de la proliferación de copias ilegales.

-Facilita disponer a tiempo real de estadísticas de accesos y usos de un archivo digital, ayudando a determinar el valor de éste.

Los dos grandes sistemas de DRM es el que utiliza Adobe a traves de ADE ( Adobe Digital Editions) y Amazón con AZW cuyo formato base es Mobi.

El DRM es utilizado en bibliotecas para el préstamo digital y permite fijar un tiempo de uso limitado de los libros electrónicos en préstamo. Una vez transcurrido el plazo, automáticamente hace que el libro no pueda seguir siendo leído o desaparezca del lector de libros (eReader). Lo que se conoce como una copia “cronodegradable”.

El uso del DRM también tiene aspectos controvertidos. Algunos opositores al DRM como la Free Software Foundation se refieren al mismo como “digital restriction management” y afirman que las condiciones establecidas por el DRM sobrepasan la legalidad, ya que restringen algunos usos legales y razonables.

Los sistemas DRM los establecen unilateralmente los distribuidores de contenidos, y en ocasiones van más allá de los legítimos derechos del comprador en aspectos tales como el uso de la copia privada o de seguridad, las excepciones de copia que en alguna legislación se establece para casos específicos –el llamado uso justo (fair use)- como puede ser la autorización de cambio de formato para usuarios con discapacidad visual, el uso con fines de docencia e investigación, la realización de obras derivadas a partir de la original (traducciones, remixes, versiones, críticas… ), la copia para preservación digital, o que el DRM supere en muchos casos el tiempo estipulado por la legislación de derechos de autor para las obras que pasan al dominio público, porque ha expirado el plazo de protección, que según las legislaciones de los distintos países suele oscilar entre 50 y 70 años desde la muerte del creador.

Existen inconvenientes del DRM, tanto en el plano técnico como en el conceptual, ya que no son sistemas seguros al cien por cien, pues pueden ser decodificados o craqueados. Y por otra parte también limitan la difusión de las obras, ya que en ocasiones su aplicación es aún más estricta que la que se establecía para la copia impresa; por ejemplo un libro impreso se lo podemos prestar a uno, dos o tres amigos, sin embargo un libro electrónico con DRM – salvo la excepción que hace algún distribuidor como Sony, que permite prestarlo 2 veces-, no lo podríamos hacer a no ser que le prestáramos nuestro dispositivo para leerlo. Algunas empresas como Apple a través de su tienda de música iTunes han empezado a vender contenidos musicales sin DRM, pero a cambio han incrementando el precio en 30 céntimos por canción, ya que consideraba que su utilización estaba limitando su capacidad competitiva frente a sus adversarios. Algunos de ellos, como EMI o Amazon, anteriormente ya lo habían retirado, lo que supone que el 80% de la música vendida en la actualidad no dispone de DRM.

En cuanto al libro electrónico algunos autores ya han puesto de manifiesto que la utilización de sistemas DRM muy restrictivos se encuentran entre las razones por las que el comercio del mismo está teniendo un despegue más lento de lo que debería. Por otra parte DRM entra en contradicción con los ideales del software libre, ya que da la posibilidad de que los distribuidores especifiquen para qué programas concretos permiten la lectura, y de esta manera discrimina a aquellos usuarios que quieren o deseen utilizar programas de código abierto. Incluso un formato abierto como ePub, ve condicionado su carácter de abierto por el uso del DRM, ya que en el momento que un libro con formato ePub contiene un sistema DRM limita su condición de abierto y libre para depender de las especificaciones del DRM que se esté aplicando.

Pero el aspecto más controvertido es el relativo a la salvaguarda de la intimidad del usuario, ya que hasta ahora la compra de un documento en formato físico no hacia necesaria la identificación del usuario; sin embargo los sistemas DRM implican la necesidad de identificación del cliente para poder rastrear los usos que se hagan de la copia, en algunos casos incluso se vincula a la tarjeta de crédito del comprador del libro.

Una cuestión muy delicada es que los controles son establecidos por empresas privadas basados en lo que se ha denominado “computación fiable”, dejando en manos de éstas datos relativos a qué libros compra un usuario y cómo los utiliza, que en ocasiones pueden dar lugar a malas prácticas pudiendo ser utilizado con fines no éticos. Este aspecto es verdaderamente complejo, ya que con el objetivo de salvaguardar los legítimos derechos de los autores se invade un terreno de uno de los derechos fundamentales como es el de la intimidad, con el agravante de que es ejercido por terceros que pueden vigilar qué leemos y cómo leemos. No hace mucho Amazon tuvo un problema: no disponía de los derechos de autor para el formato digital de los libros 1984 y Rebelión en la granja, de George Orwell, y tras la denuncia de sus propietarios legítimos, se vio en la obligación de retirarlos de los dispositivos de lectura Kindle de sus clientes y a devolverles lo que habían pagado por ellos. Esta manipulación en la biblioteca de los lectores ha dado mucho que hablar, e incluso se ha dicho que es como si el librero de toda la vida entrara en tu casa y se llevara dos ejemplares de nuestra biblioteca dejando, eso sí, un cheque en la estantería.

Sin embargo eso puede tener aspectos positivos, como lo que se ha denominado DRM social, pues el libro se puede descargar de nuevo de manera gratuita en caso de que se cambie de dispositivo de lectura, o si se ha estropeado o borrado, ya que existe un registro de compradores. En cualquier caso, el fin último es desalentar que el usuario haga una difusión no permitida del libro, ya que a partir de la copia puede rastrearse a quién pertenece el original.  Algunas empresas están experimentando con sistemas alternativos al DRM como incluir en el libro algún cambio de palabra o frase a modo d huella digital que permita identificar de donde ha partido la copia ilegal que se ha puesto en internet. Es el caso del sistema SiDiM desarrollado por la universidad Darmstadt, en Alemania. Su propuesta consiste en añadir marcas de agua únicas a cada ebook vendido. Estas marcas de agua consistirán en un ligero cambio en la puntuación de una frase, o la alteración de una palabra. Este nuevo sistema cambia ligeramente algún signo de puntuación o alguna palabra en todas las copias que se venden, así se puede identificar el origen de cualquier copia pirata.

La empresa Harper-Collins, una de las 5 grandes editoras del mundo, está experimentando con un nuevo sistemallamado Digimarc Guardian Watermarking for Publishing que añade una marca de agua -invisible para el cliente- cada vez que se hace una transacción; esta marca no impide que el usuario haga cualquiera de las acciones que hacía en el formato analógico. Pero cuando la editorial encuentre uno de sus e-books en alguna página pirata, simplemente tendrá que ir a ella para saber quien, y en qué momento exacto se puso en la red. La marca de agua funcionará en prácticamente todos los formatos de ebook existentes, incluyendo pdf, mobi (el compatible con el Kindle de Amazon) y ePub.

En conclusión, el éxito de los modelos comerciales en internet depende en gran medida de los sistemas de protección de los derechos digitales. En este terreno ha sido fundamental el desarrollo del DRM (digital rigths management), que está permitiendo la gestión de los derechos electrónicos con cierta seguridad.

Por otra parte su uso tiene aspectos controvertidos que aún están por resolver de manera satisfactoria en cuestiones de derecho a la intimidad, pues los datos y estadísticas de uso quedan en manos de entidades privadas que pueden hacer algún mal uso de los mismos con fines comerciales o de otro tipo. Hay que recordar que el derecho a la intimidad está por encima del derecho a la propiedad.

Otro aspecto a resolver es lo que se ha denominado uso justo, es decir esas excepciones que establece la ley a la norma común como es el uso para personas discapacitadas, la copia legal con fines de docencia e investigación, además de cuestiones sobre el ámbito de aplicación, pues habitualmente los DRM los establecen empresas estadounidenses sobre contendidos que se comercializan en otros países con legislaciones distintas.

Derechos de autor: Adenda SPARC para asegurar el correcto uso de los derechos de autor de un artículo de revista

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Author rights : Using the SPARC Author Addendum to secure your rights as the author of a journal article [e-Book]. London, SPARC, 2006.

Texto completo

Ver también

Bailey, C. W. J. (2008). [e-Book]  Author’s Rights, Tout de Suite
London, Digital Scholarship, 2008

 

 

Cuando un artículo ha sido aceptado para su publicación en una revista, y se desea que tenga la mayor difusión posible y el mayor impacto en la comunidad académica, el investigador de hoy tiene múltiples opciones para difundirlo e incrementar su reputación digital , como son el autarchivo en un repositorio en línea; pero las condiciones en las que el artículo se ha publicado es probable que impidan realizar esta operación y consecuentemente la más extensa distribución del trabajo. Este documento es una adenda concisa para el autor en el que de una manera breve y clara se exponen los aspectos que cualquier investigador debe tener en cuenta respecto a llos derechos de difusión pública de su trabajo.

Guía del copyright: entendimiento de derechos de autor

 

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Aliprandi, Simone (2014). [e-Book]  Capire il copyright : Percorso guidato nel diritto d’autore. Milano, Ledizion, 2014

Texto completo

PDF ed 2012

Esta es la versión revisada y actualizada de uno de los libros más exitosos en torno al mundo de los derechos de autor. De hecho, es un libro que, cuando se publicó en su primera versión (2007), fue diseñado específicamente para ser dirigido a un público de profesionales del área de la de comunicación de la producción cultural  (desarrolladores, diseñadores, bibliotecarios, archiveros, profesores, periodistas .. .), que, al no tener un fondo legal necesitan de una alfabetización sólida en estos temas. El lenguaje utilizado es accesible y los conceptos se exponen de forma clara y eficaz, incluso con la ayuda de esquemas y diagramas especiales. Además, este es el primer manual de derechos de autor en Italia que tiene en cuenta algunos aspectos críticos (o – por así decirlo – los “eslabones débiles”) del sistema clásico de la propiedad intelectual, y aborda el nuevo contexto y las alternativas sobre el tema a raíz de la revolución digital y los nuevos modelos de gestión de derechos de autor (copyleft, licencias abiertas, Creative Commons). En esta nueva edición, el autor ha logrado hacer el trabajo más completo y útil, enriqueciéndola con nuevas ideas y nuevas representaciones gráficas que ayudan a entender algunos conceptos importantes de carácter más técnico.

Código de Legislación Bibliotecaria

024_codigo_de_legislacion_bibliotecaria

 

 

España. Código de Legislación Bibliotecaria: Edición actualizada a 3 de diciembre de 2013. Madrid, BOE, 2013. 302 páginas, ISBN: 978-84-340-2071-9

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